El Tribunal Supremo ha anulado, por considerarlo "abuso de derecho", el cobro por el expresidente de la Mutua Madrileña Automovilística José María Pomatta de una pensión de 13,9 millones de euros que le fue concedida por sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, informa la agencia Efe.
Pomatta, que reclamaba inicialmente 21 millones, fue presidente de la Mutua desde 2002 y 2008 y presentó su dimisión justo dos días antes de la junta de mutualistas que preveía anular la norma sobre jubilaciones por excesiva y desproporcionada, para asegurarse así su cobro.
La sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio Sancho Gargallo, no cuestiona que Ramírez Pomatta estuviera en su derecho de dimitir del cargo de consejero, si bien añade que "otra cosa es que por las circunstancias en que ejercitó este derecho y el propósito que le movía, ligado a las consecuencias negativas para la Mutua, pueda advertirse un abuso de derecho".
Fue siendo presidente Ramírez Pomatta cuando el cargo de consejero de la Mutua pasó a ser retribuido y se introdujo en los estatutos un derecho de pensión vitalicia para los que hubieran desempeñado su cargo durante dos o más mandatos.
La Mutua se dio cuenta del abuso
Esta previsión se modificó, respecto del cálculo de la cuantía de la pensión en junio de 2007, que fue cuando la comisión de auditoría puso de manifiesto que la posible pensión del presidente podría alcanzar más de 20 millones de euros. Por eso el consejo decidió anularla en enero de 2008, en fechas cercanas a la jubilación de Ramírez Pomatta, quien en consecuencia, acudió a los tribunales. El juzgado de primera instancia le negó la razón totalmente, recurriendo entonces a la Audiencia Provincial, que se la dio parcialmente. A continuación, Mutua Madrileña recurrió al Tribunal Supremo, que se le ha concedido la razón final y completamente.
Según el alto tribunal, "desde la perspectiva de un observador objetivo", la propia pensión había sido "auspiciada" por Ramírez Pomatta, que era el presidente del Consejo y a quien directamente y más pronto iba a beneficiar, pues constituía una forma de preparar su jubilación".
Añade que con su comportamiento al dimitir dos días antes de la junta general de mutualistas antepuso su interés particular abusivo como consejero al interés general de la entidad y que la previsión de la pensión reclamada en los Estatutos de la Mutua "no puede ser óbice para apreciar el abuso de derecho, sino que explica su invocación". Por ello el Tribunal Supremo revoca la sentencia de la Audiencia de Madrid y repone la dictada inicialmente por un juzgado de lo Mercantil, rechazándose el derecho del expresidente a cobrar dicha prima.
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