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El Gobierno cambiará la ley para evitar otro 'caso Sáenz' en el consejo de un banco

Prepara un nuevo Real Decreto que aumenta los requisitos de honorabilidad para los banqueros. "Alfredo Sáenz deberá sujetarse a este nuevo marco", aseguran fuentes de Economía. La normativa quiere aprobarse antes del verano.

Una vez encaminada la reforma financiera, el Gobierno, siguiendo las directrices del Memorando de Entendimiento (MOU en inglés), prepara un nuevo Real Decreto en el que se endurecen los requisitos de honorabilidad, experiencia y buen gobierno para los consejeros de los bancos. Con esta medida se quiere evitar que haya más banqueros imputados o pendientes de resolución judicial, como es el caso de Alfredo Sáenz, consejero delegado del Santander.

Sáenz está pendiente de la decisión final sobre su indulto por parte de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo. Si la sentencia firme es contraria al CEO del Santander, éste tendría que abandonar su cargo en Boadilla, según el artículo 2.2 de la norma sobre creación de bancos del Banco de España. El articulado asegura que " se entenderá que carecen de tal honorabilidad quienes, en España o en el extranjero, tengan antecedentes penales por delitos dolosos, estén inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración o dirección de entidades financieras o estén inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal".

El nuevo decreto, que el Gobierno quiere tener aprobado antes del próximo verano, endurece los requisitos para ser consejero de una entidad bancaria. Las mismas obligaciones se extenderán también para los responsables de los consejos de las cajas de ahorros y fundaciones bancarias, según la nueva ley de cajas.

Así, tanto los miembros del consejo de administración de la entidad, así como los de su matriz si tiene, han de ser personas de “reconocida honorabilidad comercial y profesional”, y “deberán poseer conocimientos y experiencia adecuados” para ejercer sus funciones.

La nueva norma prevé la salida de consejeros si están bajo investigaciones relevantes y fundadas, tanto en el ámbito penal como administrativo

El nuevo Real Decreto prevé que pueda expulsarse de los órganos de Gobierno de los bancos a aquellos consejeros que no sólo estén condenados, tanto si la sanción es firme o no, como quienes estén bajo investigaciones relevantes y fundadas, tanto en el ámbito penal como administrativo, como es la situación de Sáenz en la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo.

"Sáenz se tendrá que sujetar a este Real Decreto como todo el mundo", aseguran fuentes de Economía, que precisan que "la norma 'per se' no desencadena ninguna revisión de la honorabilidad". "Sólo trata de evitarlas en el futuro. No se quiere más casos como el de Alfredo Sáenz", explican otras fuentes del Gobierno.

Las nuevas normas de honorabilidad se extienden a delitos contra el patrimonio, blanqueo de capitales, contra el orden socioeconómico y contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, o supusiesen infracción de las normas reguladoras del ejercicio de la actividad bancaria, de seguros o del mercado de valores, o de protección de los consumidores.

Además, el nuevo texto también marca la salida de directivos si los hechos que motivaron su condena o sanción se realizaron en provecho propio o en perjuicio de los intereses de terceros cuya administración o gestión de negocios le hubiese sido confiada, y en su caso la relevancia de los hechos por los que se produjo la condena o sanción en relación con las funciones asignadas al consejero o directivo.

Si un consejero excede las nuevas reglas de honorabilidad, la entidad tendrá que comunicarlo al Banco de España en dos semanas y el supervisor decidir en un plazo de 10 días

Si durante el ejercicio de su actividad concurriese en algún consejero, directivo o empleado, alguna de estas circunstancias y esta resultase relevante para la evaluación de su honorabilidad, la entidad financiera tendrá que comunicarlo al Banco de España en el plazo máximo de dos semanas.

Según Economía, el regulador tendrá un plazo máximo de 10 días para notificar su valoración. En caso de ser desafavorable, el consejero tendrá que abandonar su puesto en la entidad.
Estas mismas obligaciones se imponen a los consejeros de las cajas de ahorros y nuevas fundaciones bancarias, según consta en el anteproyecto de la nueva ley de cajas que se encuentra en estos momentos en consulta pública.

Nueva ley de cajas

La norma también recoge la obligación de todas las antiguas cajas de convertirse en fundaciones bancarias antes de finales de 2014, con la excepción de Caixa Pollensa y Ontinyent.
Otra de las condiciones es que las cajas de ahorros que posean más de un 50% del banco al que dieron origen deberán presentar ante el Banco de España un plan financiero en el que especifiquen la manera en la que harán frente a las posibles necesidades de capital en que puedan incurrir y los criterios básicos de su estrategia de inversión en entidades financieras.

Además, deberán crear un fondo de reserva con el que hacer frente a las posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada "que pudieran poner en peligro el cumplimiento de sus obligaciones en materia de solvencia". Por último, los consejeros no podrán tener duplicidad en el banco y la caja de origen. Tendrán que decidir en qué consejo quieren continuar.

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