La representación legal del juez Enrique López López califica como "un acto de ensañamiento" el incidente presentado por la juez Manuela Fernández Prado contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial de mantener a este y al magistrado Eloy Velasco en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional.
En un escrito de alegaciones enviado recientemente a la Sala Tercera del Tribunal Supremo, López se suma a Velasco a la hora de requerir que el incidente de ejecución planteado por Fernández (como publicó el lunes este diario), sea desestimado. En el mismo sentido se han pronunciado el Consejo General del Poder Judicial y la Abogacía del Estado.
El Tribunal Supremo dictó el pasado mes de abril sentencia anulando los nombramientos de los jueces Velasco y López como titulares de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. Un mes después, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó el nombramiento de Ángel Luis Hurtado Adrián y Manuela Fernández Prado como magistrados de la Sala.
Pero también acordó adscribir a los jueces Eloy Velasco y Enrique López a la misma, debiendo concursar para obtener plaza en propiedad, lo que ha sido recurrido por la juez Fernández Prado, y también por la Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia y la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.
El juez Ángel Hurtado "se ha mantenido al margen de un incidente que solo puede calificarse como ensañamiento"
En el escrito de alegaciones en representación de Enrique López se advierte que la sentencia del Supremo "no guarda la menor relación con lo que se pretende obtener de ella".
"Todo intento de pretender encajar dentro de su contenido aquello a lo que evidentemente no se refiere supone una clara y evidente irrazonabilidad", afirma, y añade que "no cabe aceptar" que el incidente de ejecución planteado por la juez Fernández "sea de recibo".
Además subraya que la juez Manuela Fernández "carece de legitimación para sostener la pretensión que sostiene". La situación generada por la sentencia, relativa a la de las personas cuyo nombramiento se ha anulado, se ha traducido "en unas medidas organizativas ajenas al interés de la instante del incidente".
El escrito alude a que el otro juez nombrado en la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, Ángel Luis Hurtado Adrián, se ha mantenido al margen "de un incidente que solo puede calificarse como una acto de ensañamiento". Es conocida la buena relación de amistad y respeto mutuo existente entre los jueces López y Hurtado.
En las alegaciones también se defiende que la medida adoptada por el CGPJ de adscribir a los jueces López y Velasco en la Sala "no es en absoluto disonante con la prevista en la propia LOPJ (...)", y conforme a antecedentes similares.
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