Economía

España deberá pagar una multa de 2.400 millones si no cumple con Bruselas, advierte el supervisor

El Banco de España cifra en dos décimas de PIB la multa que el país deberá pagar a la Comisión Europea si no cumple con las normas de ajuste fiscal

El Banco de España calcula que España deberá pagar a Bruselas una multa del 0,2% del PIB, lo que equivale a unos 2.400 millones de euros, si no cumple en 2019 con los requisitos fiscales exigidos en el Procedimiento de Déficit Preventivo de la Comisión Europea (CE), en el que ha sido incluida después de bajar su déficit público del límite del 3% en 2018 (cerró en el 2,5% del PIB) y abandonar después de diez años el Procedimiento de Déficit Excesivo.

"En su recomendación reciente la CE ha destacado que, para el presente ejercicio, existe un riesgo significativo de desviación respecto a los requisitos establecidos. En el caso de que se materializara dicha desviación, el Consejo recomendaría a España la adopción de las medidas de ajuste necesarias, cuyo
incumplimiento podría llevar incluso a la exigencia de efectuar un depósito por importe del 0,2% del PIB", alerta el supervisor en un informe publicado este martes.

Estar en el brazo preventivo implica que Bruselas le exige a España que su gasto público computable no crezca más del 0,6% este año, algo que parece a priori difícil de cumplir cuando "el crecimiento previsto de esta variable para 2019 en la Actualización del Programa de Estabilidad es del 3,9%", afirma la institución que lidera Pablo Hernández de Cos. 

El punto principal en el que se fija la CE cuando un país está enmarcado en este procedimiento es en su deuda, ya que el objetivo debe ser que baje hasta el entorno del 60% del PIB, ya que de lo contrario el país podría volver al Procedimiento de Déficit Excesivo (PDE) por la deuda y no por el déficit. La deuda española está actualmente por encima del 97% y el Gobierno prevé bajarla hasta el 95,4%.

Riesgo de volver al "brazo correctivo"

"El mantenimiento del nivel de deuda pública por encima del umbral del 60% del PIB implica la necesidad de
reducir esta a un ritmo suficiente para evitar retornar al «brazo correctivo», esta vez por deuda excesiva. En concreto, para que un nivel de deuda sobre PIB superior al 60% no se considere excesivo, la norma general es que dicha ratio debe reducirse, anualmente, en un veinteavo de la diferencia con el 60%".

No obstante, explica, durante los tres años posteriores a la derogación del PDE (esto es, 2019-2021, en este caso), España permanecerá en un período transitorio, que otorga un cierto grado de flexibilidad con respecto a la regla de deuda, en el que se le exige el ajuste mínimo del déficit estructural que garantiza el cumplimiento del criterio de deuda al terminar el período de transición", explican. 

El ajuste estructural anual mínimo exigible a España para 2019 sería de 0,5 puntos porcentuales de PIB -según la regla de deuda-, ya que según el brazo preventivo se le podría exigir que el saldo estructural mejorara en 0,65 puntos. Sin embargo, el Gobierno de Pedro Sánchez comunicó a Bruselas que el saldo se deterioraría en -0,2 puntos porcentuales en lugar de mejorar en +0,5.

"El cumplimiento de las reglas fiscales establecidas en el proceso de gobernanza presupuestaria europea es un requisito que cualquier país miembro debe satisfacer, al objeto de contribuir al mantenimiento de la estabilidad macroeconómica del área del euro. Pero, además, constituye también un objetivo deseable
desde la perspectiva nacional, en la medida en que contribuye a dotar a las finanzas públicas de cada país de la fortaleza necesaria para hacer frente a posibles eventos recesivos futuros y para asegurar su sostenibilidad a largo plazo", afirma la institución.

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