El precio de la luz es uno de las facturas que más ha crecido en los últimos años. La electricidad ha pasado a ser un bien casi de ricos y más tras las subida exponencial que han experimentado los mercados tras la guerra de Ucrania. Y es que la factura de la energía ha sido una de las principales piedras en el camino de los hogares españoles. Una crisis energética que ha tenido su auge en 2021 y que, tras más de tres años de subidas, parece que se empieza a estabilizar y comienza a dar un respiro a los españoles.
Aquí es donde entra en juego la OCU. La Organización de Consumidores y Usuarios se fundó en el año 1975 con un objetivo claro entre ceja y ceja: salvaguardar los derechos de todos los españoles y erradicar los abusos de las multinacionales. Para ello, la entidad publica diariamente un sinfín de estudios e informes de diversas temáticas de interés social, desde la mejor cerveza de marca blanca que puedes comprar en los supermercados españoles, hasta consejos para ahorrar durante tu vida laboral y así no depender única exclusivamente de la pensión durante la jubilación.
Han pasado casi 50 años desde que la OCU comenzará a dar sus primeros pasos y gracias a su esfuerzo y perseverancia se ha ganado el respeto de todo el gremio, hasta el punto de convertirse en una fuente fiable de información. La imagen de la entidad está influenciada por su listado de productos; sin embargo, es la primera en poner en marcha campañas para mejorar la Atención Primaria de nuestro país o para denunciar abiertamente desperfectos en la fabricación de coche de Citroën.
Como suele realizar mensualmente, la OCU ha querido ofrece una serie de alternativas para aquellos que tienen que pagar la factura de la luz y no quieren dejarse un dineral. Es más, han realizado un estudio sobre lo que debes hacer si te llega una factura de la luz tardía o, lo que es lo mismo, cuáles son tus derechos cuando tienes retrasos en tus facturas por parte de la compañía. Dentro de estos tips, hay una opción para poder obtener la factura de la luz a cero euros.
La OCU te explica cómo puedes tener gratis la factura de la luz
"El cambio de tarifas eléctricas en 2021 exigió la adaptación de los contadores y los sistemas de comunicación entre distribuidoras y comercializadoras, y provocó muchos problemas de facturación en diferentes compañías. Buena parte de ellos se solucionaron rápidamente, otros se dilataron en el tiempo y de hecho aún hoy sigue habiendo hogares con problemas de facturación, lo que dificulta a los consumidores gestionar sus gastos y consumo de manera adecuada: pasan meses sin que les cobren, y de repente reciben una factura que agrupa todos los retrasos, por un monto muy elevado, lo que obliga a llegar a acuerdos con la compañía para refacturar, prorratear la deuda y facilitar el pago", explica la OCU.
Ahora, la pregunta que todo el mundo se hace llegados a este punto es: ¿Cuáles son los derechos que tenemos cuando no recibimos la factura de la luz a tiempo? La OCU indica que se pueden realizar estos tres procedimientos:
- Cambia de compañía, tendrás energía gratis si no te facturan 42 días después: no sufras más retrasos en las facturas: cámbiate de compañía y tendrán que facturarte en 42 días, como mucho. Si no lo hacen, quedarás exonerado de pagar los atrasos. Lo indica la norma: el artículo 44/ñ de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico señala como uno de los derechos de los consumidores “Recibir la liquidación de la cuenta después de cualquier cambio de suministrador de electricidad, en el plazo de 42 días como máximo a partir de la fecha en que se produzca el cambio de suministrados”.
- No aceptes pagos de facturas con consumos de más de un año: las comercializadoras deben emitir facturas con la periodicidad recogida en sus contratos que normalmente es de uno o dos meses, pero esto no siempre lo cumplen. Y a veces cobran de menos o de más, y pretenden luego arreglar rápidamente la situación haciendo efectivo el cobro sin consultar al cliente como quiere solucionarlo. Pero el usuario tiene derechos. La norma es clara: el artículo 96.2. del Real Decreto 1955/2000 afirma que “ Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento ni el periodo a rectificar de un año”.
- Tienes derecho a indemnización: muchas veces, a la frustración con los problemas de facturación, se añade la falta de atención que demuestran: no atienden las reclamaciones, nadie se hace cargo del problema... pero, ¿sabías que si no te atienden pueden tener que indemnizarte? El mismo Real Decreto 1955/2000 , en sus artículos 103.2 y 105.6 recoge el derecho de los consumidores a que “sus reclamaciones sobre la medida del consumo, facturas emitidas y cortes indebidos sean atendidos en el plazo máximo de 5 días” Y establece que en caso de incumplimiento, tendrá derecho a ser indemnizado con 30 euros.
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