El gobierno catalán está decidido a dar guerra al Ejecutivo central una vez más. En esta ocasión por imponer el impuesto catalán a los depósitos bancarios. No se trata de imponer la norma catalana por encima de la estatal en materia de liberalización de horarios comerciales o en algún tema de infraestructuras donde confluyen la competencia autonómica y la nacional, sino en un impuesto financiero. La Generalitat no quiere que el Gobierno de Mariano Rajoy pueda contrarrestar mediante recurso al Constitucional la ley catalana que impone un impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito radicadas en Cataluña y está decidida a dar guerra para defender una tasa, otra más en la comunidad, que incrementa la presión fiscal no de particulares sino de bancos y cajas y que le reportaría unos 500 millones anuales.
Y es que el Govern está necesitado de ingresos para cuadrar unas cuentas desbocadas, más allá del 1,3% del déficit público respecto al PIB y con una deuda global que supera los 65.000 millones. "Creemos que el impuesto es legal y nos compete a nosotros como administración ingresarlo tras una resolución del Constitucional de hace ya casi dos años", aseguran fuentes de la Conselleria de Economia que dirige Andreu Mas-Colell. Una vez más estamos ante un caso de posible conflicto competencial entre administraciones y si a esto sumamos la actual posición de enfrentamiento constante de Artur Mas con Rajoy por su deriva secesionista tenemos los ingredientes para augurar otro conflicto en el año nuevo que está a punto de comenzar.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, el último de 2014, interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de Cataluña 4/2014 del impuesto sobre depósitos de las entidades de crédito, ya que considera que invade competencias estatales. La norma es continuación del Real Decreto anterior de la Generalitat con el mismo contenido, ya recurrido en su día por el Gobierno. El Ejecutivo entiende que este impuesto "incurre en extralimitación competencial" y, por tanto, "invade las competencias que corresponden al Estado en materia de Hacienda, más concretamente, en las competencias sobre tributos propios".
Limitación tributaria
La Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas limita la potestad tributaria autonómica. "Los tributos que establezcan las Comunidades Autónomas no podrán recaer sobre hechos imponibles gravados por el Estado", indica. Según el Gobierno, el hecho imponible que grava el impuesto creado por la Ley catalana es idéntico al hecho imponible del Impuesto estatal sobre Depósitos de Entidades de Crédito, creado en diciembre de 2012. Precisamente, el Consejo de Política Fiscal y Financiera acordó el martes que la recaudación de este impuesto estatal se pondrá a disposición de las comunidades durante los tres meses siguientes al momento en el que se haya producido su ingreso. La distribución del impuesto a las autonomías guardará relación con el lugar donde radique la sede central o las sucursales en las que se mantengan los fondos.
El Gobierno alega en su recurso contra el impuesto que iba a causar perjuicios irreparables sobre la solvencia de las entidades de crédito
"Resulta perfectamente comprensible que los posibles obligados al pago del tributo estimen que dicho tributo va a perjudicarles". Con este argumento el pleno del Tribunal Constitucional levantó en 2013 la suspensión sobre el impuesto sobre depósitos bancarios de Cataluña alegando, entre otras cosas, que las razones que esgrimió la Abogacía del Estado para suspenderlo proceden de la web de la Asociación Española de Banca (AEB) que, lógicamente, rechaza que se grave su negocio. La Generalitat espera cobrar la tasa a finales de ese año.
El Gobierno alegó en su recurso contra el impuesto que iba a causar perjuicios irreparables sobre la solvencia de las entidades de crédito y para el acceso al crédito de las empresas. El tribunal rechaza ambas hipótesis apelando al nulo nivel probatorio de los datos en los que basa su argumentación que, en varias ocasiones, indica que proceden de la web de la patronal bancaria.
Forma de 'cobro'
El conseller de Economía, Mas-Colell, indicó hace un año que la Generalitat contabilizará como ingresos de 2013 los recursos recaudados por el citado impuesto, estimados, en un principio, en unos 500 millones de euros al año. La Generalitat no sabe todavía si este dinero lo obtendrá a través de la recaudación directa del impuesto, o será el Estado quien le "compensará" por no poderlo aplicar, de forma análoga a como sucede con otras comunidades que ya lo tenían aprobado, como Andalucía.
La decisión del Constitucional supuso entonces un balón de oxígeno para Mas. La activación de esta tasa, junto al impuesto de sucesiones y otros pactados con ERC podrían minimizar los recortes previstos.
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