Economía

Galán acude a la AN sin que el juez aclare si han prescrito los delitos que se le imputan

El presidente de la mayor energética española acude este martes a declarar a la Audiencia Nacional como investigado en el conocido como caso Villarejo sin que el Juez se haya

El presidente de la mayor energética española acude este martes a declarar a la Audiencia Nacional como investigado en el conocido como caso Villarejo sin que el Juez se haya pronunciado sobre la posibilidad de que los delitos que se le imputan, entre ellos el de cohecho, estén prescritos.

La defensa de Ignacio Sánchez-Galán presentó el pasado 2 de agosto, ante el Juzgado Central de Instrucción número seis, solicitud de sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones contra el presidente de Iberdrola, por considerar estar prescritos los hechos con los que le vincula el Juez Manuel García Castellón.

Desde entonces, el Instructor del caso no ha resuelto dicha solicitud, a pesar de que los abogados del presidente de Iberdrola han formalizado ante el Juzgado tres peticiones de impulso procesal, entre los pasados meses de octubre y noviembre.

El delito de cohecho activo conlleva penas de prisión de entre tres y seis años

El silencio judicial ante la solicitud de sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones contra Sánchez Galán, es una de las grandes bazas con las que cuenta el presidente de Iberdrola en su defensa, estiman distintas fuentes jurídicas consultadas.

En los últimos tiempos se ha ido imponiendo que la prescripción puede ser apreciada en cualquier instancia y momento de la causa, incluso ser apreciada de oficio por los jueces y fiscales, y que esta no tiene por qué limitarse al momento de la apertura de juicio oral, ni evitarse durante la instrucción.

Más aun en casos como el de Sánchez Galán e Iberdrola, en el que la declaración como investigado del presidente de la multinacional, con un valor de mercado superior a los 65.000 millones de euros, afecta a numerosos empleados, inversores y accionistas del grupo.

Los delitos prescriben a los diez años cuando la pena máxima señalada sea prisión por más de cinco años

El Juez García Castellón dictó auto el 22 de junio del pasado año acordando, entre otras, la declaración de Sánchez Galán como investigado por su presunta participación en la comisión de delito continuado de cohecho activo, delito contra la intimidad, y delito continuado de falsedad en documento mercantil cometida por particular.

En esta pieza número 17 del caso Villarejo (caso Tándem) se investigan los encargos que Iberdrola habría hecho al excomisario entre los años 2004 y 2012. Entre otros encargos, supuestamente, lograr información comprometedora sobre el expresidente de Endesa, Manuel Pizarro, o informaciones sobre el presidente de ACS, Florentino Pérez.

A Sánchez Galán los encargos que le afectan serían los acordados entre 2004 y 2009, ya que el denominado 'proyecto Wind', de finales de 2011, atañaría a Iberdrola Renovables, filial del grupo Iberdrola.

Iberdrola presentó querella contra su exdirectivo José Antonio del Olmo

De los delitos imputados a Galán, es el de cohecho activo el que más pena conllevaría, de tres a seis años de cárcel. El Código Penal establece que los delitos prescriben a los diez años cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

Y en su artículo 132, el Código Penal indica que en los casos de delito continuado, la prescripción se computa desde el día en que se realizó la última infracción, desde que se eliminó la situación ilícita o desde que cesó la conducta.

El documento de Del Olmo

Otra de las claves de la defensa de Sánchez Galán, estiman las fuentes consultadas, es el tratamiento que se esté dando a una de las principales pruebas presentadas en la causa, el documento elaborado en 2004 por José Antonio del Olmo, depositado en una notaría de Madrid en diciembre de ese año, y en el que denunciaría parte de la contratación investigada entre Iberdrola y Villarejo.

Iberdrola interpuso querella frente a Del Olmo atribuyendo al antiguo directivo de la eléctrica la comisión de delito de falsedad en relación con dicho documento. El Juez García Castellón decretó el sobreseimiento de la misma por prescripción, el pasado mes de julio.

García Castellón decretó sobreseimiento de la querella contra Del Olmo, pero la Sala de lo Penal ha revocado su decisión

Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en auto fechado el pasado 12 de noviembre, revocó la decisión del Juzgado.

El Juez debe investigar ahora la falsedad que Iberdrola atribuye al documento de Del Olmo, o hacerlo el Juzgado que corresponda si el magistrado no apreciara conexión. La Sala ordena a García Castellón adoptar una decisión concreta. Pero dicha medida no ha sido adoptada todavía.

La representación legal de Sánchez Galán advierte que el hecho de que este tenga que declarar sin que se haya emitido decisión por parte del Juez sobre la decisión de la Sala de lo Penal conlleva una infracción del derecho fundamental a un proceso con todas las garantías.

Los abogados del presidente de Iberdrola subrayan que no es posible interrogar a una persona sobre la base de un material -el documento depositado en notaría por Del Olmo- que la Sala de lo Penal ha apreciado indicios de falsedad.

Y señalan que, si de la investigación del documento se concluyera que este es falso, las declaraciones de Del Olmo ante el Juzgado como testigo serían constitutivas de un delito de falso testimonio.

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