Economía

Garamendi entra en nómina de CEOE y se sube el sueldo a 400.000 euros

Tras ganar las elecciones y cuatro años como autónomo, suscribe un contrato de alta dirección con un salario un 14,2% más alto que el último conocido, de 2019

La Junta directiva de CEOE ha decidido suscribir un contrato de alta dirección a su presidente, Antonio Garamendi, que llevaba cuatro años como autónomo. El sueldo ronda los 400.000 euros, según trasladan fuentes de la patronal de un proceso todavía en curso, lo que señalan que supone una subida del 3% este año, en línea con la del resto de empleados del organismo. Este movimiento, adelantado por Economía Digital este miércoles, desvela un incremento retributivo del 14,2% desde 2019, año del último salario conocido de Garamendi, de 350.000 euros.

El presidente de la CEOE cobraba, según las actas de CEOE recogidas en 2019 de las que informó Vozpópuliun sueldo de 350.000 euros anuales. "La Comisión de Control Presupuestario y Financiero en la reunión mantenida el pasado 18 de enero, acordó fijar una cantidad bruta de 350.000 euros por las funciones que le son asignadas al presidente en el artículo 19.1 de los estatutos", dicen las actas. A lo que suma su participación en el consejo de administración de Aenor.

En aquellas actas, se recogía: "En cuanto a la remuneración del presidente, prevista en los Estatutos Artículo 18,7, la Comisión propondrá a la Junta Directiva: aprobar el carácter retribuido del cargo del presidente de la CEOE; delegar en la Comisión la aprobación del resto de términos por concretar de dicha remuneración, dentro del marco propuesto y extensible en años sucesivos durante el mandato presidencial. Según se establece la Ley de Auditoría, éstas serán publicadas en las cuentas anuales siguiendo la normativa legal vigente y publicadas en el Portal de Transparencia de la Organización cada año".

Con esta regularización Garamendi entra en nómina de CEOE, la fórmula que la patronal considera más comparable a su función de presidente, trasladan las mismas fuentes, y que supone que pasa a cotizar en el régimen general y no tiene derecho a desempleo.

CEOE ha remitido un comunicado este jueves en el que pide "respeto" hacia las decisiones de sus órganos de gobierno y subraya que es un organismo independiente en cuyos estatutos se establece que corresponde a la Junta Directiva decidir si el presidente de la organización percibe o no remuneración y en qué cuantía. "La remuneración actual del presidente de CEOE, así como su vínculo con la Confederación, ha sido aprobada por unanimidad en el seno de la Junta Directiva, compuesta por cerca de 300 representantes de las organizaciones empresariales miembros de CEOE, de acuerdo con los procedimientos internos y los principios de transparencia", ha insistido.

Virginia Guinda, que disputó a Antonio Garamendi la presidencia de CEOE el 23 de noviembre, puso toda la carne en el asador en el sprint final antes de los comicios. La vicepresidenta de Foment intentó que la patronal mejorara sus procesos electorales y consiguió que se le permita remitir una carta de presentación y su programa a los vocales de la asamblea, a los que tuvo acceso Vozpópuli. Entre los puntos, destaca el que ponía el foco en el salario y las dietas del presidente de CEOE. Pedía más transparencia y controles y plantea que el cargo no sea retribuido.

Llamada de atención de Guinda

En el último punto de su programa, que denominó "Criterios sobre la retribución al presidente de la CEOE", planteaba que esta decisión "compete a la Junta" en alusión a que debe tomar la decisión la Junta directiva y no el Comité de dirección como ocurre ahora. A lo que añadió que es "criterio" de la Junta la decisión de si la figura del presidente debe ser o no retribuida.

A esto sumó una llamada a actuar siempre con "total transparencia" y "máxima publicidad" conociendo con "total claridad la retribución y los conceptos que la conforman", en alusión a las dietas y otros complementos.

Además, el salario y sus complementos, remachó, deben ser sometido a controles: "La Junta directiva ha de poder evaluar con total conocimiento la eficiencia o no de la retribución". Esto remitía a la función que quiere conferir a la Junta de decidir si el cargo es retribuido o no y a cierta evaluación del desempeño.

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