Economía

Garzón prohibirá los teléfonos 902 en los servicios de atención al cliente

El Ministerio de Consumo modificará la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para limitar los números de tarificación especial

El Ministerio de Consumo prohibirá los 902 o cualquier otro número de tarificación adicional en los servicios de atención al cliente. En su lugar, los consumidores dispondrán de un número geográfico de tarifa básica para sus relaciones con las empresas.

En concreto, comentan fuentes del departamento que dirige Alberto Garzón, el objetivo es modificar uno de los puntos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), de acuerdo con la sentencia que ya en 2017 emitió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según esta sentencia, ofrecer estos números para la atención al cliente es ilegal, y este tipo servicios deberían facturarse a precio tarifa básica.

Sin embargo, hasta ahora en España ha existido una especie de "vacío legal" por el que las empresas ocultan su teléfono de tarifa básica pero muestran en buscadores y señalan como único el 902.

Con la modificación legislativa, Consumo pretende recalcar el concepto "tarifa básica" y obligar a las compañías a mostrar un teléfono de contacto de este tipo: "Toda empresa o profesional tiene la obligación de facilitar servicios de atención telefónica con el objetivo de que sea una comunicación rápida y eficaz".

Abusos y sobrecostes

"Los consumidores dispondrán siempre de un número geográfico de tarifa básica para sus relaciones con las empresas. Acabamos con abusos y sobrecostes en las facturas mensuales, de los que se beneficiarán toda la población, especialmente, aquella con menos recursos", insisten desde Consumo.

En esta línea, en los próximos días el departamento abrirá un proceso de consulta pública y mantendrá encuentros con las asociaciones de consumidores. Para el equipo de Garzón, es "una medida de justicia social, que pondrá fin a un abuso generalizado y agravado en el contexto del covid por las restricciones de aforo, movilidad y presencialidad".

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