El enfrentamiento entre la Generalitat de Cataluña y el Ministerio de Hacienda por el control de las cuentas públicas podría desembocar en una fuerte sanción para el Gobierno autonómico. Una vez aplicada la no disponibilidad de créditos y el control absoluto del gasto destinado a los servicios públicos, con el fin de evitar que el referéndum independentista del 1 de octubre se financie con las arcas autonómicas, el siguiente paso consistirá en la aplicación de una sanción coercitiva que, en el caso de llevarse finalmente a cabo, le costaría a la Generalitat unos 425 millones de euros.
Así lo contempla la Ley de Estabilidad Presupuestaria, en el capítulo dedicado a las medidas coercitivas para los casos en los que una Comunidad Autónoma no cumpla los requisitos de presentación, aprobación o cumplimiento del correspondiente plan económico-financiero.
La primera de estas medidas, recogidas en el artículo 25 de la citada normativa, ya está aplicada, toda vez que se refiere a la no disponibilidad de créditos para garantizar el objetivo establecido. En realidad, la intención del Gobierno central es evitar que la Generalitat destine un solo euro público a sufragar el referéndum, una meta que se había complicado al negarse el Ejecutivo autonómico a presentar el documento de control de gastos que, hasta ahora, había enviado cada semana.
Tal negativa obligó al Ministerio de Hacienda a mover ficha, de forma que, a partir de ahora, cada partida de gasto público deberá contar con su visto bueno, hasta el punto de que será el propio departamento que dirige Cristóbal Montoro el que se haga cargo del pago para garantizar los servicios públicos esenciales.
¿Suspensión del control de gasto?
Sin embargo, la Generalitat ha dado una nueva vuelta de tuerca con el recurso de la medida ante el Tribunal Supremo y su consejero de Economía, Oriol Junqueras, ha dado por suspendido el control de Hacienda tras la admisión a trámite del citado recurso, aunque la instancia ha desmentido que la admisión deje en suspenso la medida.
De esta forma, el siguiente paso contemplado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria es la obligación para la comunidad autónoma incumplidora de constituir, a instancias del Ministerio de Hacienda, un depósito con intereses en el Banco de España por una cantidad equivalente al 0,2% del PIB nominal (es decir, teniendo en cuenta la evolución de los precios) de su territorio. En el caso de Cataluña, esta cantidad ascendería, teniendo en cuenta la estimación de su PIB nominal publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a unos 425 millones de euros.
El siguiente paso contemplado en la ley es la obligación para la comunidad autónoma incumplidora de constituir un depósito con intereses en el Banco de España por una cantidad equivalente al 0,2% del PIB nominal
El depósito sería cancelado en el momento en que la Generalitat volviera a cumplir con el plan para lograr el objetivo presupuestario. Pero se convertiría en multa coercitiva si transcurrieran seis meses desde su constitución sin haber cumplido su compromiso de estabilidad.
Comisión de expertos
A partir de entonces, la normativa contempla que Hacienda pueda constituir una comisión de expertos para que examine cuantos documentos relacionados con las partidas de ingresos y gastos sean necesarios a fin de elaborar una propuesta de medidas que la Generalitat debería cumplir de forma obligatoria.
Como último recurso, en el caso de que el incumplimiento se prolongara en el tiempo, el Gobierno requeriría al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, el cumplimiento de todas las medidas anteriores, ya con el artículo 155 de la Constitución en la mano. De persistir la negativa, el Ejecutivo central adoptaría las medidas necesarias para forzar la ejecución de las medidas, para lo que necesitaría la mayoría absoluta del Senado.
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