El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón a Glovo al ratificar la decisión de un juzgado de primera instancia y considerar que el denunciante no trabajaba como "falso autónomo", lo que hace que la empresa acumule en este tipo de casos nueve sentencias a favor y nueve en contra.
Según han declarado este lunes a Efe fuentes de la empresa, el fallo del TSJM desestima el recurso presentado por el repartidor y "avala" su modelo laboral. Además, han resaltado que es la primera sentencia favorable a sus intereses emitida por un tribunal superior.
Tanto Glovo como otras empresas de reparto han sido protagonistas en los últimos meses de un goteo de resoluciones judiciales sobre la vinculación laboral que existe con los mensajeros.
Además de estos procesos judiciales -en su mayoría de carácter individual-, hay abiertos procedimientos colectivos como consecuencia de expedientes abiertos por la Inspección de Trabajo.
Glovo afronta un juicio de este tipo en Zaragoza, que recientemente fue aplazado hasta marzo; y Deliveroo ya ha recibido dos sentencias contrarias a sus intereses en procesos similares en Valencia y Madrid.
Libertad para elegir horario
En un comunicado, Glovo ha informado hoy de que esta última sentencia considera que la relación con este repartidor "es ajena al orden laboral y típica de una relación de trabajador autónomo dependiente (Trade)".
El fallo asegura que los repartidores tienen libertad para elegir en qué franja horaria trabajan, pueden rechazar un pedido y escoger qué ruta seguir, de acuerdo con estas mismas fuentes.
Ante decisiones judiciales a favor y en contra, desde la compañía han vuelto a solicitar al Gobierno "mayor seguridad jurídica con las nuevas relaciones laborales derivadas de la digitalización".
Según sus cifras, Glovo ya cuenta con cerca de 7.500 repartidores en España, que cobran de media 8 euros por hora.
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