Economía

El Gobierno obliga a Iberdrola, Endesa y Naturgy a desvelar información confidencial

El Gobierno sigue en su choque frontal con las empresas eléctricas en la crisis de precios de electricidad. Su nuevo real decreto ley, del que se conocerá su letra pequeña

El Gobierno sigue en su choque frontal con las empresas eléctricas en la crisis de precios de electricidad. Su nuevo real decreto ley, del que se conocerá su letra pequeña este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, obliga a los productores de electricidad, que a su vez tengan negocio de comercialización, a desvelar todos los meses los detalles de sus acuerdos de compraventa de energía firmados entre sus filiales.

Una reclamación de información confidencial que vuelve a poner el foco sobre compañías como Iberdrola, Endesa y Naturgy. Aunque también afecta a otros grandes como Acciona o EDP, los grandes grupos eléctricos que dominan tanto el negocio de generación como el de comercialización. Esta normativa, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, obliga a los grupos que compatibilizan ambas actividades a realizar un ingente trabajo burocrático para detallar todos sus pactos intragrupo.

“Cuando la sociedad constituida como sujeto productor de energía eléctrica desarrolle al mismo tiempo la actividad de comercialización, o cuando esta pertenezca a un grupo empresarial en el que se desarrolle la actividad de comercialización de energía eléctrica por parte de alguna de las empresas pertenecientes al grupo, o por el propio grupo", arranca esta disposición del real decreto, "deberá remitir, en los términos y condiciones que, en su caso, establezca la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la información correspondiente a los instrumentos de contratación a plazo de electricidad, tanto físicos como financieros, así como cualquier transacción de venta, que tenga suscritos intragrupo así como con terceros”, señala la nueva normativa del Gobierno. 

Esta exigencia, que volverá a abrir las heridas entre Gobierno y eléctricas, obliga a remitir toda la información sobre los contratos que se realicen entre “el sujeto productor de energía eléctrica y sociedades del grupo”. También afectará a los acuerdos entre dichas sociedades y las empresas del grupo que realicen la actividad de comercialización.

El Gobierno pide todos los detalles

Esta información confidencial que le exige Moncloa en estos párrafos anteriores se remitirá mensualmente y con los formatos y criterios que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establezca. Los detalles que deberá contener serán: la fecha de celebración del instrumento de cobertura, la fecha de entrega o liquidación de la energía, el volumen de energía afectado, la contraparte del contrato, el precio y el perfil y el tipo de producto negociado.

El Gobierno justifica que esta exigencia de información tiene encaje en las obligaciones derivadas del Reglamento (UE)  1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía (Reglamentos REMIT).

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Torre de electricidadPexels

“La CNMC contaría con la información necesaria de las transacciones físicas que se realizan entre los sujetos. No obstante, REMIT no prevé en la actualidad contar con la información correspondiente a los contratos intragrupo ni la totalidad de la información de las coberturas financieras realizadas, por lo que resultaría necesaria incluir en la regulación una disposición a estos efectos”, concluye el Gobierno en su nuevo real decreto. 

Cambio en la ley del Sector Eléctrico

Esta exigencia de información modifica la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. En concreto, el artículo 26.3. "Se debe facilitar a la Administración Pública y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia información sobre producción, consumo, venta de energía y otros aspectos que se establezcan reglamentariamente", recoge el nuevo cambio normativo.

Para el Gobierno es "una medida de transparencia en el mercado mayorista". Esta exigencia de información afecta a aquellas sociedades constituidas como productor de energía eléctrica. El cambio normativo les obliga a remitir también la información correspondiente a los instrumentos de contratación a plazo de electricidad, tanto físicos como financieros, que tenga suscritos.

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