Economía

El Gobierno aprueba modificaciones para agilizar el pago del ingreso mínimo

El Ministerio de Inclusión ha señalado que se garantiza "la tramitación de todas las peticiones recibidas hasta ahora sin que se produzca ninguna desestimación por silencio administrativo negativo"

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una serie de modificaciones en la normativa que regula el ingreso mínimo vital (IMV) para dotar de agilidad su tramitación "dando respuesta en un menor plazo de tiempo".

Así lo ha explicado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, que ha apuntado entre esos cambios la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes hasta los 6 meses.

En un comunicado, el Ministerio de Inclusión ha señalado que se garantiza "la tramitación de todas las peticiones recibidas hasta ahora sin que se produzca ninguna desestimación por silencio administrativo negativo".

El Gobierno también va a extender el periodo de retroactividad desde del 15 de septiembre hasta el 31 de diciembre, de forma que a todos los solicitantes hasta fin de año se les abone la prestación desde el 1 de junio.

"Con esta medida se pretende evitar que los problemas que han tenido los ciudadanos para obtener toda la documentación, especialmente en el contexto de pandemia, les haga perder derechos económicos", ha señalado el Ministerio de Inclusión en un comunicado.

Menos requisitos

Junto a esto se ha eliminado el requisito de estar dado de alta en los servicios públicos de empleo (SEPE) a la hora de solicitar el IMV, de forma que se pueda cumplimentar en los seis meses siguientes.

Y estarán exentos de esta obligación los estudiantes de estudios reglados menores de 28 años, los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, así como personas mayores de 65 años, discapacitadas en un grado igual o superior al 65 %, en situación de dependencia reconocida o perceptoras de pensiones contributivas de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez; de invalidez no contributiva o jubilación no contributiva.

Asimismo, las modificaciones aprobadas permitirán un cruce de datos de la Administración con el padrón para que la información se autentifique de forma automática, eliminando un tramite que dificulta la entrega de documentación.

La ministra portavoz, María Jesús Montero, ha añadido que se va a facilitar que los beneficiarios actuales de IMV de las comunidades autónomas "pasen a serlo de IMV, reconociendo así las resoluciones de funcionarios autonómicos".

El Ministerio de Inclusión ha explicado que podrá reconocer a estas personas hasta el 31 de diciembre de 2020 si la comunidad autónoma certifica la constitución de la unidad de convivencia y tiene en su poder la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de la prestación (salvo el de vulnerabilidad económica, que se comprueba con la Agencia Tributaria o con las haciendas forales).

El Gobierno también ha aprobado este martes la prórroga de la consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo de las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o sociosanitarios por contagio por coronavirus.

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