Economía

El Gobierno salva los muebles: multa de tres millones a España por el retraso en la reforma de la estiba

La Comisión Europea pedía algo más de 25 millones después de que España haya tardado dos años y medio en aplicar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE. Sin embargo, la sanción se ha quedado en apenas tres millones.

Del mal, el menos. El Reino de España ha sido condenado a pagar tres millones de euros por el retraso en la reforma de la estiba a la que le obligó el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. La Comisión Europea exigía una multa que superaba los 25 millones de euros. No obstante, la sentencia tiene tintes históricos por cuanto es la primera vez que España es condenada por incumplir un fallo de los tribunales comunitarios.

En diciembre de 2014, el TJUE condenó al Reino de España a modificar el sistema de estiba y desestiba de sus puertos al considerar que atentaba contra el principio de libertad de establecimiento contemplado en los Tratados de la Unión. La decisión del tribunal europeo apuntaba que las empresas que operaban los puertos tenían prácticamente vetado el acceso al mercado libre para nutrirse de trabajadores debido a la obligación de contar con aquellos adscritos a las sociedades de estibadores (Sagep) de cada puerto de las que, además, tenían que ser obligatoriamente accionistas.

Sin embargo, el Gobierno español no aplicó esta resolución de forma inmediata, lo que hizo que la Comisión Europea iniciara un nuevo proceso contra el Estado ante el TJUE. En este caso, el Ejecutivo comunitario exigía el pago de una multa de algo más de 27.200 euros diarios desde la publicación de la primera sentencia, esto es, diciembre de 2014, hasta que el Gobierno aplicara la misma, es decir, hasta que hiciera efectiva la reforma del sistema de estiba en los términos dictados por el tribunal europeo.

Multa explosiva

Pero, además, Bruselas también solicitaba que se sancionara a España en el caso de que no hubiera acatado la sentencia de diciembre de 2014 cuando se emitiera el fallo de este segundo proceso iniciado contra el Estado. En este caso, la sanción sería mucho más grave: 134.000 euros diarios hasta que se aplicara la reforma.

El Ejecutivo, en una situación de mayoría absoluta durante algo más de un año desde que se dictó la primera sentencia, no acató la sentencia de diciembre de 2014. Posteriormente, los diez meses de Gobierno en funciones hicieron imposible sacar adelante una reforma de tal calado. Para cuando hubo al fin fumata blanca en el Congreso, tras unas segundas elecciones, el tiempo se había echado encima y la amenaza de una segunda sentencia condenatoria del TJUE comenzó a ser cada vez mayor.

De esta forma, el Gobierno se puso manos a la obra prácticamente desde la toma de posesión. Pero el proceso no fue ni mucho menos sencillo. Perdida la mayoría absoluta, precisaba de apoyos en el Parlamento para convalidar el Real Decreto-Ley que aprobó a mediados del pasado mes de febrero, que liberalizaba al fin el sistema de estiba, con la supresión de las Sagep en un periodo de tres años.

Negativa de la oposición

Los partidos de la oposición se negaron a dar apoyo al Gobierno ante la falta de un acuerdo entre la patronal de la estiba y los sindicatos para establecer un marco de negociación con el fin de adaptarse al nuevo escenario.

Así, a finales de marzo el Parlamento derogó el Real Decreto-Ley, que tuvo que volver a ser redactado y aprobado por el Gobierno mientras lograba la necesaria aritmética parlamentaria, que finalmente logró gracias al apoyo de Ciudadanos y la abstención del PdeCat.

Finalmente, la reforma salió adelante en mayo. Para entonces, la sala del TJUE que fallaría sobre ese segundo proceso abierto contra España por no cumplir la primera sentencia ya estaba constituida y la suerte, echada. La Comisión Europea considera que el contenido de la reforma se ajusta a lo exigido en el fallo de diciembre de 2014. Sin embargo, llegó demasiado tarde para detener el proceso de la segunda denuncia.

 

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