El Gobierno ha aprobado una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta 950 euros al mes en el año 2020 que beneficiará a más de dos millones de trabajadores, pero que perjudicará a las empresas que proveen servicios a la Administración Pública (por ejemplo, las del servicio de limpieza) y que no podrán trasladar a precios esta subida para poder mantener sus márgenes de beneficio.
Cuando una empresa tiene que aumentar sus costes fijos –en este caso casi un 6% y de forma repentina, al tener que pasar de pagar 900 euros al mes a cada empleado a 950- lo habitual es que traslade ese incremento de gastos a precios, o bien que asuma parte de ese incremento (aceptando ganar menos para no perder competitividad) y traslade otra parte al precio de sus servicios, para amortiguar su incremento de gastos en su cuenta de resultados.
Sin embargo, las contratas de la Administración Pública no pueden recurrir a esta estrategia, porque la Ley de Desindexación de la economía impide que las administraciones puedan actualizar el precio de un contrato en curso con una empresa incluso si cambia algo tan relevante como el salario que, por ley, la empresa debe pagar a sus empleados.
Así, las empresas proveedoras del Estado –en las que el pago del salario mínimo es habitual- tendrán que asumir este sobrecoste sin percibir una mayor remuneración por la prestación de sus servicios, lo que ahogará sus cuentas, algo que ha puesto sobre la mesa el propio presidente de la CEOE, Antonio Garamendi.
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Pide que el Gobierno derogue esa ley
En la comparecencia posterior a la firma del acuerdo, Garamendi ha reconocido que la subida hasta 950 euros “es mala para las pequeñas y medianas empresas”, pero sobre todo para aquellas que ofrecen sus servicios a la Administración, por lo que pide al Gobierno que derogue esta ley.
“Si damos una contrata o una concesión a una empresa que paga el salario mínimo, somos conscientes de que mermarán sus ingresos”, ha reconocido la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, pero por el momento no ha comunicado ninguna solución para solventar esta situación.
Las empresas contratistas ya sufrieron este problema el año pasado, cuando vieron como subían sus costes un 22,3% (al pasar el SMI de 735,9 a 900 euros) y el Gobierno no aumentaba el precio que pagaba por sus servicios.
El propio Ejecutivo consultó a la Abogacía del Estado si podía actualizar las condiciones, pero este órgano entendió que al estar la concesión en curso (a veces son por periodos de cinco años) no se podía incrementar el precio público.
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