Economía da luz verde a la transposición de la directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros, más conocida como MIFID II.
Su transposición, afirma el ministerio en un comunicado, viene motivada por la urgencia, ya que el plazo venció el 3 de julio de 2017, y la Comisión ya ha interpuesto demanda ante el TJUE por incumplimiento, con la correspondiente propuesta de sanción.
Dicha transposición "permite reforzar de forma sustancial la protección al inversor, incrementando el nivel de exigencia y concreción en las obligaciones de información al cliente, y el grado de control que se exige sobre cualquier circunstancia que afecte a los conflictos de interés de las empresas de servicios de inversión respecto al marco contemplado por MIFID I".
Asimismo, se otorgan nuevas facultades de supervisión a la CNMV y se concretan las obligaciones de cooperación entre este organismos, las autoridades nacionales supervisoras de la Unión Europea y la Agencia Europea de Mercados y Valores (AEVM).
Principales novedades
Una de las principales novedades que recoge es la prohibición de establecer incentivos o retrocesiones en la prestación del servicio de asesoramiento financiero por parte de las comercializadoras (principalmente entidades de crédito), en la venta de productos generados por las gestoras.
Se limita su percepción a que esté justificada por la mejora de la calidad del servicio prestado al cliente y siempre que el incentivo no genere únicamente un beneficio para la empresa de servicios de inversión (ESI), sino que exista un beneficio también para el cliente.
El objetivo de esta medida es mejorar la gestión y la eliminación del conflicto de interés de la comercializadora a la hora de seleccionar los productos más adecuados para sus clientes.
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