Hace ya siete años que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero incluyó una disposición en la ley de actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social para que el periodo de la mili se pudiera utilizar para calcular la pensión. La disposición obligaba al Gobierno de turno a elaborar en un año un proyecto de ley para hacerlo posible, pero desde entonces no ha hecho más que aplazarse su redacción. Y el Ejecutivo de Mariano Rajoy ha vuelto a hacerlo en los Presupuestos de 2018.
Ha incluido una disposición adicional en el articulado de la ley, la cuadragésima novena, que vuelve a aplazar la redacción de la norma, como hizo también en años anteriores. En realidad el Gobierno lleva haciendo esto desde que accedió al poder en el mismo año 2011. En las cuentas de cada año incluye la misma disposición adicional que aplaza de nuevo la entrada en vigor de la medida de Zapatero.
Esto es lo que dice la disposición de la ley de 2011: "El Gobierno presentará, en el plazo de un año, un proyecto de ley que establezca un sistema de compensación a la Seguridad Social para que por ésta pueda reconocerse un periodo de asimilación del tiempo de servicio militar obligatorio o de prestación social sustitutoria que compense la interrupción de las carreras de cotización ocasionada por tales circunstancias”.
La medida pretende compensar a los ciudadanos que tuvieron que dejar un trabajo para hacer la mili
La medida, según el espíritu de su redacción, estaba destinada a compensar la interrupción de las carreras de cotización ocasionada a generaciones de ciudadanos que tuvieron que realizar la mili o la prestación sustitutoria, a diferencia del régimen que hoy se aplica a quienes voluntaria o profesionalmente hacen el servicio militar.
En algunas ocasiones, cuando el Gobierno ha sido preguntado por este tema, ha selañado que primero hay que resolver otras cosas para poder en práctica esta medida, puesto que es difícil determinar el colectivo afectado, probar que las bajas laborales se debieron al inicio de la prestación o incluso la financiación de esta medida. Más ahora que el sistema de pensiones cerró el año pasado con el mayor déficit de su historia.
Eso sí, hay que reconocer que los nueve meses de la antigua mili y la prestación social sustitutoria sí se utilizan ya en algunos casos para calcular la pensión: cuando no se llega al mínimo de años exigido para jubilarse de forma anticipada o parcial. En esas situaciones, sí se utiliza el tiempo dedicado a estos servicios para llegar a lo que fija la ley. Los funcionarios también cuentan con este tiempo.
La 'mili femenina'
Las mujeres también reclaman la conocida como 'mili femenina' para calcular su pensión. Se trata del Servicio Social Obligatorio que hicieron muchas mujeres entre 1937 y 1978. En este caso, no hay disposiciones que obliguen a redactar una norma, pero sí al menos dos sentencias, una del Tribunal Superior de Extremadura y otra del Tribunal Superior de País Vasco, que dieron la razón a dos mujeres que hicieron este tipo de servicios durante el franquismo.
¿En qué consiste el Servicio Social Obligatorio? Era un servicio que se imponía a las mujeres que querían cursar estudios superiores o sacarse el carné de conducir, entre otras cosas, y que estuvo vigente durante la dictadura franquista. Entró en vigor por decreto el 11 de octubre de 1937, poco antes de que empezara la dictadura, y estuvo vigente hasta 1978, tres años después de la muerte de Franco. Duraba, como mínimo cuatro meses, pero podía alargarse hasta un año.
Las dos medidas podrían permitirían a hombres y mujeres acceder a mejores prestaciones o incluso jubilarse un poco antes de lo previsto. Eso sí, indudablemente tendrá también un coste para las maltrechas arcas de la Seguridad Social, que no pasa por su mejor momento. Recordemos que las pensiones acaparan ya cuatro de cada diez euros del Presupuesto y que el gasto en este tipo de prestaciones ha crecido casi un 50% desde 2008.
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