Economía

Hacienda gravará los beneficios extra de las energéticas por encima del 60%

El nuevo impuesto que prepara el Ministerio ante la corrección a la que le obliga Bruselas gravará estos beneficios un mínimo de un 63%, tipo que podría elevarse

El nuevo impuesto a las energéticas que debe elaborar el Gobierno español para corregir el que tramitan las Cortes y adaptarse al que prepara la Comisión Europea gravará más de un 60% los beneficios extra de las energéticas en 2022. Así se desprende del proyecto que ultima Bruselas, que plantea un tipo mínimo para los beneficios extra del 33%, por lo que el gravamen español supondrá que haya un tipo mínimo del 63%. Esta cifra se obtiene de que los beneficios ya están gravados en el Impuesto sobre Sociedades un 30% para petroleras y gasistas, y los que se consideren extra, añadirán un mínimo del 33%.

Este 33% podría elevarse, lo que el Ministerio de Hacienda estudiará, y los socios de Pedro Sánchez intentarán aumentar, como ya señalaron este martes en el debate para la toma en consideración de la proposición de ley que crea este gravamen y el de la banca. La Comisión Europea permite ir más allá del 33%, aunque advierte de que el porcentaje que propone es "proporcionado" y permitirá a las empresas invertir en transición ecológica o para asegurar su viabilidad.

"Sin embargo, y para asegurar que quedan salvaguardadas las circunstancias específicas de los Estados miembros, el tipo propuesto es un tipo mínimo y los Estados miembros podrán aplicar un tipo más elevado en caso de que lo consideren necesario", planteaba la Comisión en documentos preparatorios a los que ha tenido acceso Vozpópuli.

En el caso de las eléctricas, que quedan excluidas de la contribución de solidaridad europea, por ser gravadas en el llamado cap o intervención en el mercado eléctrico, en España la previsión es que sigan incluidas en el impuesto, ya que el citado cap no aplica a la excepción ibérica.

De esta forma, las eléctricas tendrán un gravamen mínimo del 58%, por tener un tipo nominal de Sociedades del 25%, más el 33% europeo.

Eso sí, queda por determinar un "colchón" que se aplicará a la base imponible, un porcentaje que rebajará por lo tanto la base por la que contribuirán. Estos son los mimbres con los que trabaja Hacienda, sin perder de vista que hay una negociación en marcha entre los 27 Estados miembros y la Comisión Europea para cerrar los detalles de este colchón y otros asuntos.

El Ministerio es partidario de no cambiar nada hasta que no esté en vigor el impuesto de rango más general o superior, como hace con la tasa Google. Pero en este caso, a diferencia de la tasa global a multinacionales, que vuelve a retrasarse en la OCDE -y su equivalente en la UE, sobre el que no hay acuerdo-, la contribución de energéticas que impulsa Bruselas tiene que estar en vigor en principio en enero, precisamente como el impuesto español que tramitan las Cortes.

El gravamen europeo del 33% sobre el beneficio extraordinario de las energéticas obtenido en 2022 se impondrá en comparación con el periodo 2019-2021, lo que podría hacerse a partir de un determinado porcentaje en que estos beneficios sean superiores a los de los tres años anteriores, para lo que se baraja un 20%.

Las líneas generales de la contribución comunitaria difieren del impuesto a energéticas que ha aceptado tramitar el Congreso este martes, lo que obligará al Gobierno español a cambiar el impuesto, como avanzó Vozpópuli el sábado. El Gobierno español ha sido el tercero en anunciar una medida de este tipo, por detrás de Italia, que tiene su impuesto en vigor desde abril, y Reino Unido. Los impuestos de estos países son muy similares al que propone la UE. No lo es el español.

Además de aplicarse sobre los beneficios extraordinarios, a diferencia del gravamen de Pedro Sánchez, que lo hace sobre ingresos, el comunitario sólo se aplica a los beneficios extra de todas las gasistas y petroleras de 2022, en comparación con los obtenidos en el periodo 2019-2021, y el español, sobre los ingresos de 2022 y 2023 de todas las energéticas con más de 1.000 millones de cifra de negocio en 2019, que grava un 1,2%.

Los cambios que tendrá que hacer Sánchez

Aunque la proposición de ley del Gobierno español dice estar motivada por el reparto de los costes de la crisis, no se sustancia que los ingresos vayan a destinarse a estos fines, es decir, para ayudar a los más vulnerables, lo que el gravamen europeo exige que se haga y que se justifique.

Expertos consultados por Vozpópuli consideran que un gravamen del 63% de los beneficios extra es todavía menos agresivo para el sector que el 1,2% sobre ingresos que plantea el Gobierno español, lo que podría llevar a elevar el 33%. Para algunas empresas, los dos gravámenes suponen un esfuerzo parecido; para otras, no, depende del margen de beneficio.

La Comisión explica que esta contribución "debe aplicarse en paralelo a los Impuestos sobre Sociedades habituales que cada Estado miembro impone a las empresas en cuestión". En este sentido, deberá concretarse si cabe deducirse esta contribución en el Impuesto sobre Sociedades, lo que en el caso del impuesto a energéticas español se prohíbe. Parece que sí será posible deducírselo, ya que se plantea en principio como una contribución separada -aunque íntimamente coincidente con Sociedades-.

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