Los técnicos tenían claro que la sentencia del pasado mes de febrero sobre la plusvalía municipal en Guipúzcoa iba traer cola. Como ya contamos, aunque la sentencia afectaba solo a Guipúzcoa, estaban convencidos de que acabaría forzando una reforma del impuesto a nivel estatal. Y Hacienda lo ha asumido. Ya está trabajando en un cambio de esta figura para que no se aplique cuando la venta de una propiedad no genere beneficio alguno.
De hecho, el secretario de Estado de Hacienda, Enrique Fernández de Moya, confirmó el lunes que ya ha mantenido una reunión con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para pedirles una opinión por escrito sobre este cambio normativo. "Queremos ir con ellos de la mano", dijo.
Este tributo local se creó para gravar las revalorizaciones que pudieran sufrir los inmuebles en el momento de la venta. Pero la forma en la que se calcula hace que se exija a los contribuyentes el pago del tributo incluso cuando la casa ha perdido valor y la persona en cuestión la vende por menos dinero del que pagó cuando la compró.
Llegarán más sentencias
Las únicas sentencias firmes sobre esta materia solo tienen efecto a nivel local. Pero hay muchos otros casos similares pendientes de resolver en otros municipios y lo más probable es que el Constitucional se pronuncie pronto en el mismo sentido. Y cuando esto ocurra, la normativa se tendrá que adaptar al fallo del Constitucional.
Por eso Hacienda ya se ha puesto a trabajar sobre este tema. El problema es que el tributo es competencia de los ayuntamientos y Hacienda tiene las manos un poco atadas. Lo que sí puede hacer es cambiar la legislación básica del impuesto y los elementos esenciales del tributo: hecho imponible y determinación de la cuota tributaria.
Hacienda puede cambiar la legislación básica del impuesto, pero no puede interferir en los tipos
Esto significa que Hacienda podría modificar la forma en la que actualmente se calcula el tributo y resolver así el problema de que el impuesto se aplique cuando alguien ha perdido dinero en una venta, pero no puede decir a los Ayuntamientos los tipos qué pueden aplicar a este hecho imponible. En cualquier caso, esperará a conocer la opinión de la FEMP para plantear una reforma.
Eso sí, los técnicos no creen que se vaya a eliminar el impuesto en sí o que se vaya a cambiar de forma radical. Sobre todo ahora que el superávit de los Ayuntamientos es tan importante para cumplir con el déficit y que este tributo aporta unos 2.000 millones a las arcas de los municipios. La supresión del mismo podría provocar un buen roto a los consistorios.
Creen que el cambio consistirá simplemente en dar a los ciudadanos la oportunidad de demostrar por su cuenta que los valores que les está planteado el Ayuntamiento correspondiente no son los correctos y que en realidad no les corresponde pagar por esta figura.
550.000 afectados
Según los cálculos realizados por Tinsa, si la norma se aplica finalmente al ámbito estatal, el número de viviendas sobre las que se podría reclamar la devolución del pago de la plusvalía, por haberse transmitido por un valor inferior al de adquisición, estaría en torno a 550.000 inmuebles.
Para reclamar la devolución han de darse dos condiciones: que la venta se haya producido con posterioridad a 2013 y probar que se ha pagado el impuesto sin que se haya producido incremento en el valor del terreno donde se edificó la vivienda, circunstancia que cumplen la mayoría de las transmisiones inmobiliarias desde esa fecha.
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