La lucha contra el fraude fiscal es "la asignatura pendiente de la Agencia Tributaria (AEAT)", que no ha logrado "una reducción sensible del fraude". Así lo advierte la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) en un documento en el que actualizan las propuestas que plantearon en 2014 en el marco de los objetivos de lucha contra el fraude del Plan de Recuperación y para adecuarse a nuevas realidades. En este texto, que han presentado en su XXXI congreso que se celebra en Vigo y que ha inaugurado la secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón, proponen la muerte civil del defraudador y rebajar la deuda necesaria para entrar en la lista de morosos a 300.000 euros, entre otras muchas medidas.
Llama la atención la crítica que plantean a Hacienda por su gestión de la lucha contra el fraude y de la publicidad que hace de la misma: "Que las cifras de liquidaciones e ingresos alcanzados se hayan incrementado de modo casi constante a lo largo de los años son muestra palpable de que algo no funciona bien". A juicio de los inspectores, esta estrategia oculta aspectos muy mejorables del escenario de fraude e incumplimientos: "Junto a esas cifras, ampliamente publicitadas, podríamos ofrecer las cifras de deuda pendiente, de deudas canceladas por insolvencia o un mayor detalle de la propia lista de deudores de más de 600.000 euros, para obtener una foto más real de la situación, menos halagüeña y, sin duda, susceptible de una gran mejora".
Esta crítica la plantean además, después de que haya una nueva Ley de Lucha contra el Fraude en vigor desde el pasado 10 de julio, la tercera en 15 años, en las que se han contemplado medidas encaminadas a fomentar el cumplimiento voluntario junto a otras dirigidas a limitar conductas fraudulentas. Creen que aunque "en su conjunto se ha mejorado el paquete normativo para mejorar el cumplimiento fiscal, no está claro que su efecto práctico haya sido eficaz para limitar determinadas conductas". Y concluyen que a pesar de todas estas iniciativas, "la cifra de fraude todavía es muy alta".
Entre las medidas que proponen, destaca la que denominan 'muerte civil' del defraudador, un procedimiento especial que se aplicará en los fraudes más graves o de carácter organizado de contribuyentes ilocalizables o que no comparecen reiteradamente, testaferros, sociedades pantalla o que figuren en una trama organizada de defraudación, de responsables solidarios en procedimientos tributarios cuya deuda no haya sido ingresada, de sancionados por infracciones tributarias firmes en vía administrativa que superen un importe mínimo a fijar y de condenados por sentencia firme por delito frente a la Hacienda Pública.
Las consecuencias de esta “muerte civil” o NIF revocado podrían ser desde la imposibilidad de expedir facturas, de contratación con la Administración y obtener subvenciones o ayudas públicas hasta el cierre total de la operativa financiera. El NIF revocado no debería poder utilizarse para realizar cargos y abonos en cuentas, compraventas de activos financieros o acciones, emisión o cobro de cheques y, en general, cualquier operación financiera.
Dos nuevos delitos
Otras propuestas piden nuevas facultades de investigación para la Inspección, tales como la posibilidad de realizar actuaciones sin conocimiento del obligado tributario, y en el caso de grandes fraudes, el pago a confidentes para permitir la denuncia de estos delitos, esta última, un clásico de la Organización. El documento recuerda que fueron ellos quienes propusieron la creación de una lista de morosos que Hacienda incorporó en 2015. En principio, el límite para entrar eran deudas de más de 1 millón. La nueva Ley de Lucha contra el Fraude lo reduce a 600.000 euros y los inspectores abogan ahora porque se baje a 300.000 euros. Este cambio lo argumentan en que "el impacto social de las deudas impagadas no viene por un puñado de grandes deudas, sino por millones de deudas de elevada, mediana y pequeña cuantía".
En cuanto a los datos a incluir respecto de cada obligado incluido en el censo, además de los datos identificativos y de deuda que hoy se publican, sugieren incluir en el caso de empresas, nombre del administrador o representante legal, y de su socio mayoritario e indicarse expresamente si el deudor está o ha estado en concurso, condenado por delito o ha sido declarado fallido.
A su vez, plantean crear dos nuevos delitos: enriquecimiento injustificable y asesoramiento para el fraude. El primero ha sido propuesto por la OCDE y consiste en la creación de una nueva modalidad de delito que denominan de “tenencia injustificable de bienes o derechos”. Se trata de atacar la riqueza acumulada por personas cuyas actividades conocidas o sus rentas declaradas no justifiquen su patrimonio. El segundo tipificaría la conducta del ofrecimiento de servicios e instrumentos para cometer el delito fiscal, ya que argumentan que en la mayoría de los casos, son necesarios para su comisión, debido a que los autores de un delito fiscal no suelen tener conocimientos tan exhaustivos de esta materia, por lo que necesitan ayuda y dirección.
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