El algoritmo para controlar las horas extra que prepara el Ministerio de Trabajo puede suponer "intervencionismo estatal" y "control sobre las empresas". Así lo alertan los Inspectores de Trabajo y de la Seguridad Social sobre el algoritmo que anunció la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el 27 de mayo, y que desde el Ministerio dan ya casi por implantado. Sin embargo, el Sindicato de Inspectores de Trabajo y de la Seguridad Social no ha sido informado al respecto, según traslada su presidenta, Ana Ercoreca, a Vozpópuli.
"Todo lo que sea aflorar horas extra fraudulentas nos parece bien, pero hay que hacerlo con rigor", apunta Ercoreca, que ve "riesgo de inseguridad jurídica" en la actuaciones de la Inspección a partir de esta herramienta.
Este anuncio de Díaz se ha producido justo cuando la obligación del registro horario acaba de cumplir tres años en vigor, ante el fracaso de que el número de horas extra no retribuidas es ahora mismo mayor que en 2019.
La vicepresidenta presentó el viernes una Guía Práctica sobre Información Algorítimica en el mundo laboral que encargó a un grupo de expertos, que desarrolla las obligaciones de las empresas que usan algoritmos. Sin embargo, la Guía no se pronuncia sobre los requisitos y obligaciones de un algoritmo controlado por la Administración.
Desde el Ministerio trasladan que no necesita desarrollo reglamentario y que está prácticamente implantado. Sobre su funcionamiento sólo se ha apuntado que facilitará obtener indicios que permitan identificar las horas extra que las empresas tienen ocultas y no declaran, con la idea de hacerlo en función del tamaño de la plantilla y el volumen de negocio, por ejemplo, lo que ofrecería una base para extender actas automatizadas cuando se sobrepase en una empresa el límite de horas extra que la plantilla podría realizar en función del número de contratos.
No se ha aclarado si se acompaña de una herramienta a implantar en las empresas, como sí lo ha anunciado el Ministerio en el caso de una herramienta que permite cumplir con la obligación de información algorítmica de las empresas. Según asegura Trabajo, esta herramienta concreta y sistematiza las obligaciones empresariales de información y permite garantizar el derecho fundamental de no discriminación.
La presidenta del Sindicato de Inspectores traslada que no saben nada al respecto y a modo de ejemplo apunta que le han propuesto intervenir en un foro sobre inteligencia artificial y no sabe qué contar.
Señala que el registro horario ha facilitado a la Inspección el cerco de las horas extra, aunque advierte de la falta de medios de que disponen y se muestra escéptica sobre el efecto de un algoritmo. Hay pymes que no tienen medios para llevar un registro horario que no sea en papel, apunta.
Ercoreca alerta sobre una tendencia al automatismo en las sanciones que el Ministerio quiere implantar y que cree que deben ser revisadas por un funcionario, lo que considera completamente aplicable al control de las horas extra.
La actuación inspectora sobre horas extra está prevista en el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) 2021-2023. Así se recoge en el objetivo 18, sobre el refuerzo de la ITSS ante los comportamientos infractores de la normativa en materia de tiempo de trabajo, y en la actuación 18.1, que trata sobre que la ITSS pueda luchar contra los incumplimientos en materia de jornada y descansos y contra las horas extraordinarias no declaradas ni pagadas.
El abuso de Hacienda
Sobre el abuso de los algoritmos en el caso de Hacienda se ha pronunciado el Tribunal Supremo. La Agencia Tributaria (AEAT) inició una polémica práctica en 2019 de enviar cartas a pymes y autónomos en la que les avisaba de que presentan determinados parámetros que apuntaban a un riesgo potencial de fraude, que se les instaba a regularizar. Estas cartas fueron muy criticadas por los contribuyentes que las recibieron, que declararon sentirse acosados. Su origen son herramientas de 'Big Data' y algoritmos por los que la AEAT determina que un contribuyente presenta datos de facturación o de uso de tarjetas de crédito discordantes con lo que cree que es o debe ser la media del sector, lo que le lleva a presumir que puede haber fraude.
Con esta base, el Fisco inició actuaciones de control. Se autorizaba la entrada en el domicilio de una empresa sólo porque había tributado por debajo de la media del sector. En octubre de 2020, el Supremo declaró ilegales los registros a empresas sin aviso, fallo que ha intentado neutralizar en la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal. Y el Plan de Control Tributario de 2022 recupera el envío de esas cartas.
El magistrado Francisco José Navarro Sanchís, ponente de la sentencia, afirmaba que "la corazonada o presentimiento de que, por tributar un contribuyente por debajo de la media del sector le hace incurrir a éste en una especie de presunción iuris et de iure de fraude fiscal, es un dato que por sí mismo no basta […] No cabe la autorización de entrada con fines prospectivos, estadísticos o indefinidos para ver qué se encuentra".
A diferencia de los inspectores de Hacienda, los de Trabajo sí tienen amplias facultades de entrada en las empresas. Sin embargo, no está claro que un algoritmo sirva de sustento para alegar fraude e imponer una sanción.
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