Nadlan BCN, sociedad de origen israelí asesorada por el bufete de Joan Laporta, ha perdido su batalla contra la Generalitat de Cataluña por edificios valorados en 63,5 millones de euros que el propio Govern sigue utilizando tras seis años de enfrentamientos.
Nadlan se hizo en principio con ellos en 2015 tras una adjudicación directa de la propia Generalitat (que no había conseguido subastar el edificio). Al administrador de la mercantil, el israelí Morris Moshe, se le vinculó con Laporta desde el principio de la operación - 'Jan' competía entonces por volver a la presidencia del FC Barcelona, lo que no se produjo hasta marzo de 2021- y también con el empresario israelí Jacky Ben-Zaken en la financiación. Moshe está ligado a la farmacéutica israelí Medtechnica Ltd.
La operación despertó inquietud en el sector inmobiliario catalán porque se trataba de una empresa desconocida, que se acababa de crear y que se volvería 'casera' de dependencias de la Generalitat (en concreto, de la entonces consejería de Empresa y Ocupación).
Pero, después de que la empresa pidiera dos aplazamientos de los pagos totales al Govern, este anuló la adjudicación alegando que su formalización estaba supeditada al pago total, que no se realizó en los plazos previstos por el pliego de condiciones de la adjudicación. Antes, los israelíes habían llegado a pagar 16 millones de euros a la Generalitat en concepto de garantía y entendían que la adjudicación estaba formalizada, con derechos a su favor sobre los bienes.
Laporta en persona llevó la defensa de Nadlan
Con el propio Joan Laporta en persona como letrado, Nadlan recurrió la decisión de la Generalitat para hacerse definitivamente con los edificios. En noviembre de 2020, llevó el asunto al Supremo.
La mercantil justificó sus impagos en causas ajenas a ella como "la suspensión del otorgamiento de licencias municipales para la apertura de establecimientos hoteleros" de la alcaldía de Ada Colau, esto es, otra administración pública. Además, alegó que el Govern había perfeccionado ya la adjudicación al emitir una resolución favorable a la venta de los edificios a Nadlan, y que esta ofreció pagar el contrato de compraventa, a su juicio ya formalizado y ya entonces bajo las normas del derecho privado, en nuevos plazos.
Reclamó, en última instancia, que se le devuelvan los 16 millones depositados como garantía, y que no se consideren como una penalización que el contrato no se haya formalizado al entender que fue la propia Generalitat la que anuló toda la adjudicación.
Resolución
En un fallo del 19 de julio de 2021 que ha podido cotejar este diario, el Tribunal Supremo ha dado la razón al Govern.
El Alto Tribunal ha estimado como legal que la Generalitat haya dejado sin efecto la adjudicación de los edificios a Nadlan, sin darle más plazos para pagar el edificio y sin devolverles los citados 16 millones de garantía.
El Supremo esgrime que el acuerdo entre las partes había puesto ya como condición sine qua non para la perfección de la adjudicación de los bienes los 63,5 millones en unos determinados plazos que el cliente de Laporta no cumplió.
El contrato no se había perfeccionado sino que se hallaba en fase de adjudicación, pendiente de perfección mediante su formalización (previo pago del precio)
"El recurrente afirma que la sentencia recurrida inaplica indebidamente el artículo 4.1.p) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público de 2011 al ignorar el carácter de contrato privado de las compraventas de bienes inmuebles en las que interviene la Administración y el régimen de resolución del contrato que deriva de dicho carácter.
Sin embargo, al afirmar tal cosa la recurrente parte de una premisa errónea que consiste en considerar que el contrato ya se había perfeccionado con la adjudicación, pues (...) el contrato no se había perfeccionado sino que se hallaba en fase de adjudicación, pendiente de perfección mediante su formalización (previo pago del precio), por lo que se regía por lo dispuesto en la legislación patrimonial y, supletoriamente, por lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas", razona el Supremo.
La suspensión de licencias turísticas por el ayuntamiento de Barcelona de Ada Colau que Nadlan esgrimió para los impagos no es una cuestión imputable a la Generalitat, añade el Alto Tribunal. El fallo no impone costas pero desestima todas las peticiones del cliente de Laporta, cuyo despacho no ha hecho comentarios ante preguntas de Vozpópuli.
Nadlan no ha presentado cuentas
La sociedad cliente de Laporta, Nadlan, se constituyó en 2015 pero no ha presentado hasta el momento cuentas ante el Registro Mercantil.
De las empresas que administra Laporta, este medio ha podido acceder a través de Insight View a las cuentas de su vehículo inversor, la mercantil Lastruch Inversions SL. La misma declaraba un patrimonio neto de 676.679 euros al cabo de 2019.
En 2018 trascendió que el expresidente blaugrana había sido contratado como asesor de otra empresa de origen israelí, Sirin Labs, dedicada a proyectos de telefonía móvil basados en monedas virtuales, informó este periódico.
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