Un juzgado de primera instancia ha condenado en el mismo día, el pasado 3 de marzo, a las automovilísticas MAN e Iveco en seis sentencias diferentes por el denominado como cártel de camiones.
El Juzgado de Primera Instancia de Valladolid estima en sus sentencias íntegramente todas las demandas, y da validez plena al informe pericial presentado por el despacho Caamaño, Concheiro y Seoane (CCS Abogados), que gestiona más de 7.300 demandas en España por este caso.
La Comisión Europea anunció en 2016 la imposición de una multa de más de 3.800 millones de euros a seis fabricantes de camiones -DAF, Daimler-Mercedes, Iveco, Renault-Volvo, Scania y MAN (este último grupo no fue multado por acogerse al programa de clemencia de la UE y denunciar la existencia del cártel)- por prácticas contra la competencia. En base a esa multa, despachos de toda Europa están presentando demandas contra las automovilísticas en representación de particulares o compañías que adquirieron sus camiones.
En España se estima que 100.000 afectados podrían recuperar parte del dinero que invirtieron en la compra de camiones
Los fabricantes fueron sancionados por haber pactado los precios de venta de los camiones entre los años 1997-2011, habiendo obstaculizado la introducción de nuevas tecnologías en materia de emisiones, y por haber repercutido a los compradores los costes de aplicación de dichas tecnologías.
En España, se estima que unos 100.000 afectados podrían verse beneficiados y recuperar parte del dinero que invirtieron en la compra de sus vehículos. En total, podrían llegar a recuperar algo más de 2.000 millones de euros.
En las sentencias del juzgado de Valladolid, tres contra MAN y otras tres contra Iveco, contra las que cabe recurso, el sobrecoste medio cuantificado por la pericial de CCS Abogados es del 16,35% del precio de compra de cada camión.
En la primera sentencia contra MAN, el juez indica que es "responsable de los daños objeto de la reclamación que ascienden a 366.757.28 euros sufridos por la actora, como consecuencia de la infracción del Derecho de la Competencia y en su virtud es condenada la demandada al pago de las cantidades señaladas, más intereses legales devengados desde la interposición de la demanda (...)". El mismo fabricante ha recibido del juzgado otras dos sentencias en contra por importes de 95.474,5 y 56.153,98 euros.
El grupo Iveco ha recibido del mismo juzgado y también ese mismo día 3 de marzo, tres sentencias en contra por importes de 211.390,53 euros, 190.080,28 euros, y 110.286,27 euros.
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