La regulación de los precios de los alquileres de vivienda en Cataluña llega tras cuestionamientos a su constitucionalidad por parte de los propietarios, el PP, Cs, PSC y el propio Consejo Estatutario de Garantías, que considera que se entromete en competencias del Estado.
La ley aprobada este miércoles, sujeta a la posibilidad de que el Gobierno central la impugne y detenga, topará esencialmente el precio de los nuevos contratos de alquiler de vivienda en zonas "tensionadas" de todos aquellos propietarios que no sean considerados como "vulnerables" a ojos de la Administración.
El primero de los límites fijados es que el precio del alquiler no podrá subir en los nuevos contratos. El segundo es que si el precio del alquiler actual excede la media de su zona, el nuevo contrato deberá ajustarse a esa media.
No más de un 5% sobre la media
La proposición contempla declarar municipios de alquiler "tensionado" aquellos "que disponen de índice de referencia de precios en el que las rentas del alquiler han sufrido un incremento superior al veinte por ciento en el período comprendido entre los años 2014 y 2019, incluidos en el Área Metropolitana de Barcelona o con población superior a veinte mil habitantes".
La renta no podrá sobrepasar "la consignada en el último contrato de arrendamiento, en el supuesto de que la vivienda haya sido arrendada dentro de los cinco años anteriores", con determinadas excepciones.
La cuantía máxima de la renta que puede ser convenida en el momento de formalizar el contrato no podrá además "sobrepasar el precio que hay que considerar como precio de referencia para el alquiler de una vivienda de características análogas, incrementado o minorado, como máximo, en un cinco por ciento".
Esto es, si una renta actual excede ese porcentaje, deberá ajustarse. Las viviendas que salgan al mercado a partir de ahora deberán ajustarse también a las medias fijadas por ese índice.
Por fases
Los autores del texto proponen que se ejecute la regulación de los precios en dos fases, primero con la creación de un régimen excepcional de contención de rentas de alquiler aplicable en las zonas fijadas.
En una segunda fase, "más adelante, en un plazo breve que la disposición final primera de esta ley fija en nueve meses", se presentará por parte de la Generalitat "un proyecto de ley de regulación integral de los contratos de arrendamiento de bienes (...)".
Propietarios "vulnerables" y excepciones
La principal excepción a la ley pasa por los llamados "propietarios vulnerables". Se entenderá por tales aquellos que ingresen menos de 2,5 veces el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC).
La obra nueva quedará fuera de la ley ya que, reivindican sus promotores, se busca que incentivar la construcción de vivienda protegida.
También podrán aumentar el alquiler aquellos que hayan realizado en el último año obras de rehabilitación, esto es, que mejoren la habitabilidad, la seguridad, la confortabilidad y la eficiencia energética de la vivienda.
Quedarán además exentas las viviendas en las que medie relación de parentesco entre propietario e inquilino como así también los contratos previos a 1995.
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