Una reordención de los servicios públicos de empleo para cumplir con el Plan de Recuperación con la promesa de obtener un trabajo "digno y decente" y la no discriminación, pero de difícil cumplimiento debido a la falta de medios y de definición legal de estos derechos subjetivos. Es la advertencia de la Fundación de Economía Aplicada (Fedea) sobre el Proyecto de Ley de Empleo que tramita el Congreso.
Un trabajo de Miguel Ángel García Díaz (Universidad Rey Juan Carlos y Fedea) celebra el intento de ordenación de las "hasta ahora poco efectivas políticas de empleo", estableciendo un Catálogo de servicios garantizados. Sin embargo, advierte de que "en línea con el planteamiento del actual Gobierno de presentar sus reformas como la creación de nuevos derechos subjetivos, sean estos operativos o no, la creación del catálogo garantizado no asegura que los servicios recogidos en el mismo pasen a ofrecerse de forma satisfactoria en un futuro próximo pues la ley de empleo per se no garantiza la aportación de los medios financieros y de personal necesarios, que se fijarán, esencialmente, en las correspondientes leyes de presupuestos".
Es aquí donde se incluye al colectivo LGTBI entre los vulnerables, que deben informar de su condición a las Administraciones, una iniciativa controvertida que el informe de Fedea no menciona.
"Disponer de un catálogo de servicios común a todos los territorios en políticas de empleo puede ser un avance siempre que se disponga de los medios y recursos suficientes para garantizar su cumplimiento, evitando así conflictos y frustraciones en las personas beneficiarias y en los trabajadores de los servicios de empleo", apunta García.
La norma recoge como declaración genérica: "Los servicios de empleo deberán tener la financiación suficiente", sin aportar ninguna referencia sobre qué se entiende por suficiente, de manera que como sucede en la actualidad para una gran parte de las políticas, dependerá de la dotación presupuestaria anual asignada, advierte el estudio. Tampoco incorpora cómo conseguir a corto y medio plazo la necesaria mejora en las herramientas y en la cualificación del personal que debe asumir los servicios enunciados.
El informe avisa de que también pueden surgir problemas derivados del desequilibrio entre las obligaciones de las partes, "ambiciosas" al menos en materia de plazos en el caso de los servicios públicos de empleo, y "genéricas y vaporosas" en el de los usuarios.
A los primeros se les imponen obligaciones muy concretas a cumplir en plazos breves y no realistas, como la obligación de elaborar en un mes un itinerario individualizado, mientras que a los segundos si bien se observa un avance al endurecer las posibles penalizaciones (modificación del texto refundido sobre infracciones y sanciones del Orden Social), las causas para su aplicación se describen en términos muy vagos (colaboración activa, ocupación adecuada, causa justificada) remitiendo su concreción a un posterior desarrollo reglamentario.
El proyecto de ley menciona muchas veces la necesaria coordinación entre Administraciones Públicas, pero no desarrolla la forma de llevarla adelante de manera efectiva: "Esta fórmula no parece suficiente para incentivar en el grado necesario la activación de las personas en desempleo, en mayor medida en un contexto de separación entre administraciones del desempeño de las políticas de empleo (prestaciones económicas y las denominadas activas)", señala.
A todo esto Fedea añade que la norma no aporta soluciones para conseguir que los programas formativos de empleo se adecúen a las necesidades de las personas y del tejido productivo. El texto utiliza el concepto de itinerario formativo y luego de formación profesional en el trabajo, sin concretar cuál es su contenido, cómo se articula y sin especificar cómo se puede ligar con las competencias de las personas. No queda claro si el itinerario de orientación y formativo es lo que necesita la persona, lo que pide el mercado o a lo que se puede acceder en su localidad de residencia, denuncia.
El texto podría incluir una referencia más explicita a la necesidad de disponer de herramientas de análisis estadístico (descriptivo y perfilado con distintas variables) con capacidad de elaborar resultados útiles en las oficinas de empleo, añade.
El autor del trabajo considera que gran parte de las deficiencias de las políticas activas de empleo podrían solucionarse "sin cambios normativos, acometiendo una modernización de las herramientas utilizadas para acceder a y procesar adecuadamente la abundante información existente sobre el mercado laboral, mejorando la organización de los servicios de empleo y potenciando sus medios materiales y humanos, con unos programas de formación e incentivos para el empleo ajustados a las necesidades reales del tejido productivo y a las posibilidades de los demandantes de empleo".
El rol del SEPE
El proyecto no recoge la fórmula para mejorar el Portal Único de Empleo del actual SEPE, de manera que se convierta en una herramienta útil para los demandantes de empleo a nivel nacional. El actual programa SENDA es muy básico y está muy lejos de lo que puede conseguir un sistema que incorpore la información del tejido productivo a nivel local, plantea sobre el SEPE.
Asimismo, el informe considera que la relación entre la gestión de la mayor parte de las políticas activas, responsabilidad de los servicios autonómicos de empleo, y las prestaciones económicas que gestiona la Administración General del Estado (SEPE) es muy débil cuando no inexistente en la práctica, limitando los incentivos de las personas para seguir las directrices marcadas en las políticas activas de empleo. El riesgo de incurrir en un desalineamiento de incentivos entre administraciones es muy elevado debido al reparto asimétrico de las ventajas e inconvenientes de la adopción y control de las medidas.
Sería deseable una mayor concreción en el texto sobre la forma en la que deben colaborar las entidades que gestionan prestaciones económicas relacionadas con el desempleo y la lucha contra la pobreza (SEPE e Instituto Nacional de la Seguridad Social) en el intercambio de información sobre usuarios y beneficiarios de las prestaciones, plantea Fedea.
Por último, García avisa de que no se explicitan las ventajas de transformar un organismo autónomo, el SEPE, en Agencia Estatal de Empleo, lo que casi se ha convertirlo en el objeto central de la nueva norma. Se supone que deben ser de índole administrativa para agilizar y flexibilizar la gestión a partir de una mayor autonomía en la gestión, pero deberían explicarse en detalle para poder valorar la necesidad del cambio y sus posibles ventajas e inconvenientes, remacha.
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