Macroeconomía

La OCDE señala a España por ser aún líder en paro y triplicar la media

Pone en tela de juicio que, tras la reforma laboral, los fijos discontinuos supongan una mejora respecto al empleo temporal

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) señala a España por sus niveles de paro. En su informe anual sobre expectativas de empleo, publicado este martes, destaca que "España sigue enfrentándose a la tasa de desempleo más elevada de los países de la zona del euro, manteniéndose muy por encima de la tasa media de la OCDE". En concreto, en mayo se situaba en el 12,7%, frente al 4,8% del conjunto de los países desarrollados. Es decir, prácticamente triplica la media.

El organismo explica que tras una sólida recuperación después de la crisis del coronavirus con una tasa de crecimiento del 5,5%, se prevé que la expansión económica de España se modere hasta el 2,2% en 2023 y el 1,9% en 2024. "Este fuerte crecimiento ha contribuido a una reducción significativa del desempleo, que, sin embargo, se prevé que se mantenga en un nivel relativamente alto (12,6%) durante el resto de 2023", comenta. 

La Organización incluye un gráfico en el que España se posiciona en cabeza, con una tasa de empleo sustancialmente superior al resto de países destacados. Italia, por ejemplo, se sitúa ya por debajo del 8%. Su tasa ha bajado más de dos puntos porcentuales desde diciembre de 2019, mientras que el avance de España respecto al nivel prepandemia ha sido más reducido (de 1,1 puntos).

No obstante, el incremento de la tasa de paro en España durante la pandemia fue superior en nuestro país, donde llegó a superar el 16%. Por esa razón, la mejora desde el punto máximo alcanzado en la última crisis ha sido más significativa en España que en Italia.

La OCDE expresa sus dudas sobre los fijos discontinuos

La Organización también hace una breve alusión a la reforma laboral impulsada por el Gobierno actual, con Yolanda Díaz como ministra de Trabajo. En su informe, destaca que "contribuye a mejorar la calidad del empleo en España. Un año después de su entrada en vigor, el número de contratos temporales se ha reducido en un 30% y la mayoría de los nuevos contratos son indefinidos, lo que ha reducido las diferencia en la proporción de contratos temporales entre España y otros países europeos de la OCDE".

Sin embargo, también expresa sus dudas sobre la figura del fijo discontinuo, que ha ganado protagonismo con la reforma al ser la modalidad contractual más ligada a la temporalidad, permitiendo al empresario 'desactivar' al trabajador en los momentos de menor actividad. En la práctica, esto implica que el empleado mantiene su contrato con la empresa pero no trabaja ni cobra.

"La eficacia de los contratos indefinidos para el trabajo intermitente -una nueva disposición introducida por la reforma para los trabajadores estacionales- en la mejora de la seguridad laboral de los trabajadores temporales es aún incierta. Puede ser necesaria una supervisión continua y una regulación potencialmente más estricta para garantizar nuevos avances", señala la OCDE en su informe. Desde el organismo explican a este periódico que se refiere, efectivamente, a la figura del fijo discontinuo.

En definitiva, la OCDE considera que aún es pronto para determinar si efectivamente garantiza más seguridad laboral. Con seguridad laboral se refiere al hecho de tener un trabajo seguro y con una cierta continuidad contractual, o bien una reducción de la temporalidad.

Durante los últimos meses se ha defendido desde el Gobierno que el fijo discontinuo da más seguridad al trabajador que una sucesión de contratos de muy corta duración puesto que en todo momento mantiene su contrato y tiene derecho a una indemnización por despido mayor. No obstante, también puede suponer que acabe trabajando menos horas que en un contrato indefinido al uso, con un impacto negativo en la remuneración anual.

Además, fuentes expertas consultadas por este periódico destacan que las empresas que contratan bajo esta modalidad pueden mandar a sus trabajadores al 'paro' (que puedan cobrar una prestación dependerá de si han cotizado lo suficiente) durante el periodo de inactividad sin indemnización y, en términos generales, sin límite de tiempo (en las subcontratas el plazo el límite por convenio es de tres meses).

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