La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha interpuesto ante el Tribunal Supremo (TS) un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto que atribuye a la Secretaría de Estado de Energía parte de las funciones del organismo de competencia, según ha señalado el mismo en un comunicado.
El recurso se ha planteado contra varios apartados de los artículos 3 y 4 y contra cuatro disposiciones del Real Decreto que aprobó el Consejo de Ministros en octubre.
En el caso del artículo 3, la CNMC recurre las funciones atribuidas a la Secretaría de Estado de Energía sobre aprobación de tarifas, precios de productos energéticos y peajes, el análisis de precios energéticos; la inspección del cumplimiento de los requisitos establecidos en las autorizaciones y el ejercicio de las facultades de control, inspección y sanción en materia energética, entre otros.
Por lo que se refiere al artículo 4, se recurren los apartados que dan a ese departamento del Ministerio las funciones de elaboración de propuestas sobre regulación de tarifas, precios de productos energéticos, peajes, cánones, y cargos, y la organización y funcionamiento de los mercados de producción de electricidad y de gas, así como el análisis del comportamiento de los mercados energéticos.
El órgano de competencia también ha recurrido un apartado que se refiera a la inspección de las condiciones económicas y actuaciones que puedan afectar a la aplicación de los peajes, cargos, cánones, precios y criterios de remuneración de las actividades energéticas; y de la correcta facturación y condiciones de venta de las empresas distribuidoras, entre otros aspectos.
El recurso también se plantea contra las disposiciones adicionales para integrar personal y medios de la CNMC y el ejercicio efectivo de funciones en materia de telecomunicaciones y de energía.
La CNMC considera que el Real Decreto contraviene lo dispuesto por la Comisión Europea en materia de fijación de peajes eléctricos, cuestión por el que España tiene un procedimiento de infracción abierto desde septiembre de 2016, al considerar las autoridades comunitarias que había traspuesto incorrectamente "algunas reglas relativas a la independencia de la autoridad reguladora nacional".
La CE, en su tercer paquete de directivas sobre energía, señalaba que eran los organismos independientes sobre la materia de cada país -en el caso de España la CNMC- las competentes para el cálculo de la retribución y el reparto de los peajes.
El Gobierno considera que la redacción de esa directiva que se hizo en 2009 ha quedado superada pues se va a poner en marcha un cuarto paquete de directivas, al que, según el ministro de Energía, Álvaro Nadal, España se ha adelantado para tener un sistema como el que existe en Francia, por el que el organismo de competencia fija los peajes pero bajo las orientaciones establecidas por el Ejecutivo.
En la actualidad, el Gobierno español fija las tarifas de peaje, que suponen más de un tercio de la factura eléctrica, y la CNMC se limita a validar la metodología.
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