El SEPE ofrece diferentes ayudas a esas personas que se quedan sin trabajo. Estar en paro es una situación difícil, especialmente para esas personas que se ven fuera del mercado laboral de forma obligada. Vivir sin un trabajo, a día de hoy, complica mucho a las personas que tienen que pagar una casa, unas facturas o una cesta de la compra para toda la familia. Son muchos cargos para los que se necesita tener una serie de ingresos fijos.
Para evitar que cientos de personas estén desamparadas y sin un puñado de dinero a final de mes, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece la posibilidad de que todas ellas puedan cobrar un subsidio por desempleo. Hay que tener en cuenta que para acceder a esta ayuda se tienen que cumplir una serie de requisitos:
- Estar afiliado o en situación de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo
- Estar en situación legal de desempleo y buscando de forma activa empleo
- Mantenerse como demandante de empleo durante todo el periodo en el que se quiera recibir la prestación
- Haber estado trabajando y cotizando al menos 360 días dentro de los seis años anterior a quedarse sin empleo
- No tener la edad ordinario para jubilarse
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el empleo
- No hacer una actividad por cuenta propia o un empleo por cuenta ajena a tiempo completo
Además, son muchas las personas que pueden acceder a esta ayuda del SEPE: trabajadores por cuenta ajena, socios de cooperativas de trabajo asociado, emigrantes retornados, personas penadas que hayan salido de prisión al cumplir la pena o este en libertad condicional, extranjeros que residan de manera legal en España, funcionarios, militares, etc.
Sin embargo, uno de los problemas es que, en algunas ocasiones, hay personas que deciden deciden no presentarse a una oferta de empleo que le llega y quiere seguir cobrando el paro. Todas esas personas que lo hagan, deben saber que el SEPE puede multarles. Te contamos cuáles son las sanciones a las que se exponen.
La sanción que puede poner el SEPE
El SEPE explica en su página web que todas esas personas que no se presenten a las ofertas de trabajo mientras esté cobrando el paro pueden recibir una serie de multas. Esta sanción llegaría en el caso de que no asistan a la llamada sin una causa justificada. Las multas por cometer esta infracción están divididas en varias escalas que son las siguientes:
- Primera infracción. Pérdida de tres meses de prestación.
- Segunda infracción. Pérdida de seis meses de prestación.
- Tercera infracción. Extinción de la prestación.
Además, el SEPE cuenta que "se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción (es decir, no siempre tiene que ser un rechazo de oferta, sino que puede ser otra de las infracciones graves) y cuando entre una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días".
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación