El ministro de Energía, Álvaro Nadal, ha conseguido imponer su criterio a la hora de establecer las retribuciones a las renovables para los próximos tres años, lo que abrirá la caja de los truenos dentro del sector. La Orden Ministerial publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) contemplará una rebaja para estas retribuciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) calculó en unos 600 millones de euros durante todo el periodo. Fue en uno de los tres informes en los que el organismo supervisor se mostró en contra del criterio del Ministerio para establecer el precio de referencia para calcular las cantidades a destinar a los inversores para alcanzar la rentabilidad razonable.
Sin embargo, Nadal ha obviado la frontal oposición de la CNMC. Después de numerosos tiras y aflojas y remisiones de propuestas al organismo, el ministro logró la pasada semana la aprobación de la Orden definitiva por parte de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. El contenido de la norma es básicamente el defendido desde el principio por Nadal, con la célebre fijación como precio de referencia de 2020 en adelante de 52 euros por megawatio/hora, que es el que propicia el recorte mencionado.
Esta cifra se emplea para calcular las estimaciones de ingresos de las instalaciones para el resto de su vida útil. A partir de ellas, el Gobierno debe otorgar una retribución para que los inversores alcancen una rentabilidad razonable. De este modo, cuanto más elevadas sean las estimaciones de ingresos por la venta de energía generada por renovables, más baja deberán ser las retribuciones públicas para lograr esta rentabilidad razonable.
Sin embargo, la CNMC se opuso enérgicamente desde el principio al contenido de la Orden Ministerial, especialmente en lo referido al precio. Porque la cifra, en realidad, correspondía a 2020 y los años siguientes (y no al trienio 2017-2019) pero el Ministerio decidió mantenerla como constante. Una hipótesis para la que, de acuerdo con el informe de la CNMC sobre la propuesta por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2017, "no se proporcionaba metodología".
Un cálculo a favor del Gobierno
El problema está en que la cifra no se corresponde con la que reflejan los mercados de futuros de la energía, entre 42,60 y 43,90 por megawatio/hora para los años 2017, 2018 y 2019. Una referencia que no fue tenida en cuenta por el Ministerio de Energía, frente a cuyo criterio se sitúa la CNMC.
El regulador considera que la Ley del Sector Energético no obliga al departamento que dirige Álvaro Nadal mantener para este periodo regulatorio "una cifra que no se justifica ahora". Contrariamente a lo que sucedía cuando se aprobó la Ley, el mercado de futuros recoge los precios a más de tres años, con lo que es posible incluso tener la referencia de 2020 en adelante. Y no es precisamente de 52 euros.
En concreto, para los años 2020 y 2021, el mercado de futuros de la electricidad contempla unos precios de 42,62 euros por megawatio/hora.
El sector prepara recursos
Cabe tener en cuenta que el cálculo incluido en la Orden Ministerial, concretamente en su Anexo V, afecta a los inversores en renovables desde este mismo año y no sólo a partir del ejercicio 2020. Aunque para los años 2017, 2018 y 2019 los precios de referencia son inferiores, la prima se calcula en relación con la vida útil de las instalaciones, con lo que la diferencia entre el precio fijado para 2020 en adelante y el contemplado para los citados próximos tres años será lo que dejen de percibir.
Si el Ministerio de Energía hubiera tenido en cuenta estos precios, sus retribuciones a las renovables deberían ser de 600 millones más que los que pagará desde que salga publicada la Orden. Con una retribución 10 euros por megawatio/hora inferior a lo que marca el mercado, los inversores tendrán prácticamente imposible alcanzar la rentabilidad razonable.
La batalla con el sector de las renovables está servida. Empresas y asociaciones del sector esperan ya la publicación de la Orden Ministerial para empezar a promover sus recursos contra la resolución, que no necesita pasar por el consejo de ministros y únicamente está a la espera de las correspondientes firmas y publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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