La Generalitat de Cataluña no está dispuesta a compensar al Gobierno central por quedarse con las infraestructuras de titularidad estatal localizadas en territorio catalán cuando se produzca la célebre declaración unilateral de independencia, prevista para el próximo lunes. Para ello, el Ejecutivo de Carles Puigdemont apelará a la llamada Convención de Viena, un texto sobre la sucesión de estados aprobado a comienzos de la década de los 80 y que prevé que la administración secesionista se quede con los activos situados en su territorio sin pagar una compensación.
Además, el texto también prevé que la Administración del territorio escindido deba afrontar la amortización de aquellas infraestructuras que aún no se hayan liquidado en su totalidad. En este caso, la factura para una Cataluña independiente se iría por encima de los 11.000 millones de euros en el mejor de los casos para sus intereses.
Hasta ahí, las líneas básicas de la teoría. A partir de entonces surgen multitud de incógnitas que hacen que el problema que se generaría sea prácticamente irresoluble. Empezando por el hecho de que, pese a haberse aprobado en 1983, una mayoría de expertos consideran que el texto aún no ha entrado en vigor al no haber sido ratificado por un número suficiente de países, por un motivo esencial: la idea de que el tratado ofrecía demasiadas ventajas a la Administración que ejecutaba la secesión.
En este sentido, la Convención de Viena estuvo encima de la mesa en procesos como la desmembración de la antigua Unión Soviética y, especialmente, en la desintegración de la extinta Yugoslavia. Ya por entonces, su escasa ratificación, la complejidad de los procesos y las diferentes interpretaciones del tratado hicieron imposible aplicar los preceptos incluidos en el texto.
Dificultad de interpretación
Entre otros factores, las diferentes lecturas del texto también afectan al precepto mencionado anteriormente, sobre la contraprestación por aquellas infraestructuras que aún no han sido abonadas en su totalidad.
El contraste con los anteriores procesos viene marcado por el caso de la escisión en dos estados de Checoslovaquia, un proceso marcado por la cordialidad y la negociación, en el que todo se articuló a través de sucesivos pactos. Un escenario que parece muy complicado en el caso de España y Cataluña.
De este modo, el recurso a la Convención de Viena sería frontalmente rechazado por el Gobierno español, que podría alegar para justificar su decisión que no se considera que el texto haya entrado en vigor.
Una mediación de la ONU
En este contexto, la solución vendría de la mano de un complejo proceso de arbitraje, probablemente tutelado por Naciones Unidas, pero que también debería contar con la aceptación de ambas partes. Obviamente, la opción preferente sería la negociación de un acuerdo entre ambas administraciones y sólo en el caso de que el entendimiento sea del todo imposible se recurriría a una mediación exterior.
En cualquier caso, todo pasaría por un periodo de transición que se extendería por largo tiempo, durante el cual un hipotético estado catalán podría hacer suyas las infraestructuras que actualmente son de titularidad de la Administración central sin que hubiera una contraprestación de por medio.
En ese periodo, "habría que establecer un marco regulatorio especial, 'ad hoc' para esta situación tan particular", asegura un abogado del Estado. Sin duda, la figura que más se repetiría en este documento sería la de la expropiación, que sería rechazada de plano por la Generalitat, con la apelación a la Convención de Viena.
"Lo más ágil y justo sería proceder a una especie de expropiación por la que el teórico estado catalán hiciera suyas las infraestructuras de España que están en su territorio. Por el suelo no deberían pagar nada, sería suyo de facto. Pero sí por lo que hay construido sobre él", añade un experto en Derecho con muchos años de experiencia en el sector de infraestructuras. Un escenario que, ahora mismo, se antoja sumamente incierto.
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