Hacienda ha improvisado este lunes una rebaja del IRPF a rentas bajas que pretende minimizar el impacto de la subida del SMI para responder a Alberto Núñez Feijóo, que la había reclamado a primera hora. Una rebaja que impactará en febrero para que que quienes cobren entre los 15.000 euros que marca hasta ahora el umbral de no tributación y lo que supone el nuevo SMI de 1.134 euros en 14 pagas no tengan que declarar. Un nuevo parche que llegará sin resolver un importante error de salto que arrastra el impuesto, que hace que las rentas entre 12.000 y 21.000 euros tributen a un marginal muy elevado que sólo experimentan contribuyentes con rentas desde 300.000 euros, a niveles como los del Amancio Ortega, con marginales efectivos de entre un 43% y un 50% -y casos de hasta un 92%-, lo que significa que de cada euro que se les suba el salario, Hacienda se quedará con el 43% y 50% -y 92%-.
Esta tributación estratosférica de las rentas bajas se debe a un error de salto de la deducción de rendimientos del trabajo del impuesto que se vio acrecentada con la rebaja que lanzó Cristóbal Montoro en 2018 para rentas entre 14.000 y 18.000 euros, con marginales efectivos disparados a cerca del 60%, y que María Jesús Montero ha mantenido.
Aunque el tipo medio efectivo de estos contribuyentes es bajo por todas las reducciones de las que disfrutan, su marginal se dispara.
Tampoco se resuelve otro problema de doble tarifa injusta por el que dos contribuyentes que obtienen la misma renta, de las mismas fuentes, pagarán distinto IRPF en función del número de pagadores o de circunstancias aleatorias.
Pues bien, después de recibir en marzo de 2022 el trabajo de los expertos que designó para que le asesoraran en la reforma fiscal -que no se ha hecho- recomendando suprimir la reducción de rendimientos del trabajo que acarrea el error de salto, Hacienda improvisó en septiembre de 2022 una rebaja del IRPF a rentas bajas para 2023 cuando vio que el PP iba ganando el relato de la batalla fiscal, y la reforma de Montoro ofrecía un precedente para replicar.
María Jesús Montero amplió la rebaja a rentas de entre 15.000 y 21.000 euros. A los que ya estaban afectados por la reducción de Montoro les mantuvo el problema e incluyó a rentas de entre 18.000 y 21.000 euros, con marginales efectivos de cerca del 50%. Del 43% si se sigue el Reglamento de retenciones como el trabajo de EsadeEcPol Los efectos de la inflación en el IRPF de las rentas medias-bajas y cómo amortiguarlos mejor, cuyos autores, Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y director del Foro de fiscalidad de EsadeEcPol, y Carlos Victoria, de la Universidad Complutense de Madrid, colaboraron en la rebaja de Montoro de 2018 desde Ciudadanos.
Anuncio mal explicado
El anuncio del Ministerio este lunes ha estado mal explicado y se ha planteado de forma confusa, sembrando la duda sobre si en lugar de una rebaja a rentas bajas se trataba de una muy voluminosa que afectara a los 22 millones de declarantes. Y es que se ha avanzado un incremento del "mínimo exento", que remite en todo caso al mínimo personal de todo contribuyente. Este mínimo no se ha subido ni adaptado a la inflación, como tampoco ha ocurrido con el resto de componentes del impuesto, por lo que un anuncio de este tipo podía tener sentido, pero tendría un coste muy elevado para las arcas públicas.
En realidad se va a elevar el umbral mínimo de tributación para acompasarlo a la subida del SMI del 5%, a 1.134 euros, acordada por el Gobierno a espaldas de CEOE este viernes de forma que los afectados no pierdan buena parte de la mejora salarial al verse obligados a presentar declaración.
Rubén Gimeno, secretario Técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales REAF, traslada que "si lo que se quiere es mantener el poder adquisitivo a las rentas bajas vía IRPF, habrá que modificar al alza la cuantía de 15.000 euros para que, al menos, paguen los 39,31 euros que el año pagaba una renta de 15.120 euros. De esta manera una subida salarial de 15.876 euros no afectaría al pago del IRPF. Lo lógico sería que el nuevo límite pasaría de 15.000 euros a 15.785 euros" que se obtiene de multiplicar por el marginal del 43% que marca el Reglamento de retenciones.
Fuentes del Ministerio trasladan que no saben por el momento la cuantía del nuevo umbral exento al que se va a elevar el actual de 15.000.
La información que ha proporcionado Hacienda sólo concreta que este umbral se va a elevar, lo que impactará en las retenciones, pero no se sabe si más allá que lo que suponga adaptarse al nuevo umbral.
Preguntados por si además de elevar el umbral mínimo de tributación contemplan extender la rebaja que se aprobó para 2023, no saben si habrá cambios.
De momento, el alza del umbral mínimo se va a aprobar en paralelo a la subida del SMI, lo que sólo podría hacerse a partir de que acabe el trámite de audiencia pública de éste a las 23.59 horas del 23 de enero, con lo que podría aprobarse en un Consejo de Ministros extraordinario del 25 de enero o ya el martes 29 o a principios de febrero. Esto implica que los beneficiados por la subida del SMI no podrán disfrutar de la rebaja del IRPF de enero si se quiere que no presenten declaración, pero cabe suponer que Hacienda ideará un sistema para compensarles lo retenido de más en enero sin que tengan que declarar.
Más adelante, habrá que cambiar la normativa del IRPF, previsiblemente en los Presupuestos Generales del Estado de 2024, trasladan desde el Fisco, que no estarán en vigor hasta junio. En caso de no aprobarse los Presupuestos, habría que recurrir a un ahora temido Real Decreto-ley. A falta de ver si se ahonda en la rebaja de rendimientos del trabajo, todo indica que no se corregirá el error de salto, que entrañaría una reforma del impuesto de calado que no se acometió para 2023 aunque hubo Presupuestos en tiempo y forma y ya se trabajaba en el IRPF desde septiembre del año anterior, a diferencia ahora del retraso para 2024.
Retenciones e inequidad
Los problemas de salto y el efecto de la inflación llevaron a Hacienda a incrementar la rebaja en el Reglamento de retenciones para 2023, con una reducción de hasta 1.000 euros para contribuyentes de hasta 35.200 euros, con efecto neutro, ya que deberá compensarse en la declaración del impuesto en la primavera de 2024.
La reforma modificó también la obligación de declarar: con rentas del trabajo no superiores a 15.000 euros (antes 14.000, que Montoro elevó desde 12.000), no hay obligación de declarar, sea cual sea el número de pagadores. Por otra parte, se sigue manteniendo el límite de declaración en 22.000 euros si no hay un segundo pagador de rendimientos del trabajo que pague más de 1.500 euros.
Si había varios millones de españoles que obtenían rentas en el IRPF y que no presentaban declaración, ahora habrá más porque, previsiblemente, habrá más contribuyentes que, si presentasen la declaración, no teniendo obligación de hacerla, tendrían que pagar varios cientos de euros, augura el informe de EsadeEcPol, que avisa de que esto agrava los problemas de equidad horizontal.
Como ejemplo de inequidad, el de dos trabajadores que ganan 15.000 euros, pero si uno de ellos vende su coche usado y pierde 2.000 euros, estará obligado a presentar declaración, teniendo que pagar 382 euros. Otro caso, más frecuente, es el de contribuyentes que ganan entre 15.000 y 21.000 euros, pero que han tenido dos o más pagadores relevantes.
Así, un trabajador que estaba ganando en 2023 1.300 euros al mes (con pagas extras prorrateadas) y en noviembre cambió de empleo por otro en el que gana 1.500 euros los dos últimos meses del año, sin retenciones, como el segundo pagador es superior a 1.500 euros, tiene que presentar declaración.
Si los dos últimos meses hubiese trabajado en la misma compañía, habría soportado una retención de 258 euros por haber ganado 15.600 euros y no tendría que presentar declaración, con lo que su tributación final sería ésa. Sin embargo, si tiene que presentar declaración, entonces su tributación por IRPF sube a 628,30 euros. El marginal es del 92,5%, el contribuyente gana 400 euros más y paga por este aumento de salario 370,5 euros.
En este ejemplo, se estaría penalizando efectivamente a personas con más de un pagador, ignorando las circunstancias que provocan esta situación. El informe recuerda que, en la mayoría de los supuestos, tener dos o más pagadores no determina una cuota diferente a pagar. Sin embargo, a igualdad de rentas, si tener más pagadores determina la obligación de declarar, y además se han aplicado los límites de los artículos 81 y 85 del Reglamento, entonces, sí que hay diferencia real de tributación entre dos situaciones objetivamente iguales: obtener la misma renta con un pagador o con varios.
A esto se añade que el tipo establecido por la comunidad autónoma en su tarifa no se aplica porque sólo lo hace la tarifa de retenciones, que es estatal. El ciudadano afectado pierde el derecho a beneficiarse de cualquier deducción o incentivo fiscal establecido por la comunidad autónoma o el Estado, alertan De la Torre y Victoria, que recuerdan que estamos hablando aquí de contribuyentes de renta baja, en unas circunstancias en las que la política de rentas se puede articular, precisamente, a través de este tipo de herramientas.
Soluciones
José Félix Sanz, catedrático de Economía Aplicada en la Universidad Complutense de Madrid, advierte de que la reducción de rendimientos del trabajo en el IRPF es "de las más ineficientes", a su juicio, "una firme candidata para eliminarla del sistema tributario", como ya apuntó en un estudio en Funcas sobre gastos fiscales.
Este experto lamenta que Hacienda haga de ella "un eje fundamental, cuando es el instrumento más ineficaz y se come gran parte del presupuesto de beneficios fiscales en este impuesto", lo que ahora se incrementará.
Para reducir estos efectos, el informe de EsadeEcPol propone introducir una deducción adicional en cuota que reduzca la diferencia entre la retención en los ingresos por defecto y el tipo que se derivaría de presentar declaración, esto es, entre la cuota de retención y la cuota íntegra derivada de los rendimientos del IRPF. Creen que es más factible técnica y políticamente en el corto plazo que otras alternativas más ambiciosas pero complicadas, como sería la fusión de ambos tipos y que ampliaría el incentivo de presentar declaración sin cargar de manera adicional los impuestos asumidos por una población en situación potencialmente vulnerable.
A medio plazo, plantean promover la extensión de la declaración de IRPF, lo que podría permitir acometer la recomendación del Libro blanco para la reforma fiscal de 2022 de convertir el tramo variable de la reducción por rendimientos del trabajo en un crédito reembolsable.
Con la universalización de la declaración del IRPF, añaden, sería factible articular una política social y de rentas más eficaz y menos costosa en el caso de ayudas como la que se dio de 200 euros, y de políticas estructurales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o impuestos negativos sobre la Renta/complementos salariales.
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