La nueva normativa europea sobre resolución bancaria tendrá un coste para la banca española de 20.000 millones. Esa será la bolsa que el sector financiero tendrá que constituir como colchón obligatorio del nuevo fondo de resolución bancaria que establece esta normativa, aprobada el pasado miércoles por los ministros de Finanzas de la Union Europea, pero que no entrará en vigor hasta 2018. Al igual que España, el resto de países de la UE tendrán que constituir este fondo que estará alimentado por las aportaciones de las entidades financieras.
El nuevo fondo empezará a dotarse en 2015. Los bancos españoles tendrán hasta diez años para constituir esa bolsa de 20.000 millones, que corresponde al 1,3% del total del saldo vivo de depósitos en España que roza el billón y medio de euros. Cada año, la banca española tendrá que aportar un 0,2% del total de los depósitos hasta completar la exigencia del 0,8% de este nuevo fondo de resolución. El 0,5% restante corresponde a la dotación que la banca española tendrá que realizar al actual Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) hasta 2025.
Economía tiene previsto fusionar el FGD en este nuevo fondo de resolución por lo que las dotaciones irán a un único saco. Esta millonaria inyección de fondos no supondrá un esfuerzo adicional para la banca española, según fuentes del ministerio que dirige Luis de Guindos. "El sector financiero español ya aporta cada año ese 0,2% al Fondo de Garantía de Depósitos. Por tanto", prosiguen estas mismas fuentes, "no parece necesaria ninguna derrama adicional". Sin embargo, Bruselas advierte que si durante ese periodo se produce algún percance bancario, el sector del país afectado deberá hacer una derrama si el fondo aún no cuenta con recursos suficientes.
El proyecto inicial de la Comisión Europea, aprobado en junio del año pasado, exigía que ese fondo alcanzara una cifra equivalente al menos al 0,5% de los depósitos cubiertos en cada país. El acuerdo del Ecofin ha elevado ese umbral tres décimas para compensar el margen de flexibilidad ofrecido a los Gobiernos. Y a ello deberá añadirse la dotación del fondo de garantía de depósitos, que según otro directivo de directiva en negociación debe alcanzar también el 0,5% de los depósitos. En España se calcula que más del 95% del ahorro a plazo están por debajo de los 100.000 euros.
Muchos países ni siquiera disponen todavía de fondo de garantía de depósitos. Y otro, como España, cuentan con él pero está casi exhausto tras cinco años de crisis financiera. Bruselas, sin embargo, se ha propuesto reducir al máximo el riesgo futuro para el contribuyente europeo, que a lo largo de esta crisis ha aportado al sector 1,3 billones de euros entre avales e inyecciones de capital.
La gran mayoría de la banca española ya cubre el ratio exigido en la nueva norma europea del 8% de capital sobre su pasivo
De hecho, esta nueva normativa, que no estará completamente definida hasta el próximo año, protege casi totalmente a los contribuyentes. Además, establece una escala de pérdidas homogénea en todos los países de la eurozona para los rescates bancarios.
El acuerdo del Ecofin asegura que antes de proceder al uso dinero público se debe realizar una quita del 8% de los pasivos bancarios. Para todos los países igual. En el caso de que una entidad no tuviera en 2018 ese 8% de capital sobre sus pasivos, se procedería a una quita de preferentitas, deuda subordinada, deuda sénior y, finalmente, en caso de ser necesario, sobre los depósitos de más de 100.000 euros de grandes empresas y pymes.
Actualmente, la gran parte del sector financiero español ya cuenta, tras las duras exigencias de provisiones del pasado ejercicio motivadas por el rescate bancario, con ese ratio mínimo del 8% de capital sobre sus pasivos bancarios.
Protección a todos los depósitos
Una vez realizada esta quita del 8% del total de pasivos, la directiva establece que los Estados puedan inyectar un 5% adicional del total de pasivos La procedencia puede ser de tres vías: mediante este fondo de resolución. En caso de agotarse esta bolsa de rescate, que en el caso española será de 20.000 millones, se tomarían fondos del Tesoro de cada país y del MEDE.
Si aún así, una entidad necesitase más capital, la norma prevé que se puedan inyectar fondos públicos pero con una quita a los bonos sénior. En esta última fase, todos los depósitos, incluso los superiores a 100.000 euros, estarían protegidos por el MEDE.
La Comisión Europea aprobará, este próximo agosto, el esquema a aplicar, hasta la entrada en vigor de la norma, en caso de rescate bancario. Según fuentes de Economía, durante estos próximos cinco años, se llevará a efecto el mismo tipo de rescate financiero que el que se aplicó a España el pasado verano con el Memorando de Entendimiento (MOU, en inglés). Es decir, se procederá a establecer quitas únicamente a accionistas y titulares de productos híbridos (preferentes y deuda subordinada) para recapitalizar las entidades.
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