Economía

Las rentas entre 22.000 y 32.500 euros pagarán hasta 1.000 euros más de IRPF por la rebaja electoral de 2023

Los afectados por la rebaja de retenciones de 2023 tienen que pagar de más en la Campaña de la Renta que se celebra entre los próximos 3 de abril y 1 de julio

Los contribuyentes con rentas de entre 22.000 euros y 32.500 euros van a tener que pagar en la Campaña de la Renta que empieza el próximo 3 de abril hasta 1.000 euros extra por la rebaja de retenciones del IRPF que lanzó el Gobierno de Pedro Sánchez en 2023, año electoral. Éste es el escenario para estas rentas bajas y medias en la declaración de la Renta de 2023, cuando el Ejecutivo ha aprobado este martes una rebaja de retenciones para 2024 con el fin de suavizar los efectos fiscales de la subida del SMI que ha pactado con los sindicatos, una reducción parecida a la que lanzó en 2023.

Los afectados por una rebaja de retenciones no tienen una verdadera reducción del IRPF, y lo que lo que se les rebajó se compensa con lo que tienen que pagar de más en la Campaña de la Renta de 2023, que se celebra entre los próximos 3 de abril y 1 de julio.

El pago extra de hasta 1.000 euros es uno de los ejemplos que ha elaborado el Consejo General de Economistas Asesores Fiscales (REAF) para Vozpópuli con los que detallar el impacto de la rebaja de retenciones de 2023.

La rebaja del IRPF que llevaban los Presupuestos de 2023 opera sobre la reducción de los rendimientos del trabajo para rentas entre 15.000 y 21.000 euros. En paralelo, Hacienda aprobó un Real Decreto que la amplió a rentas entre 21.000 y 35.200 euros en las retenciones.

En concreto, un contribuyente de 32 años, casado, con dos hijos y con cónyuge sin rentas que tenga una renta bruta del trabajo de 23.000 euros se ahorró en 2023 un total de 911,61 euros en retenciones. Pasó de pagar 2.527,98 euros en retenciones en 2022 a 1.616,37 euros en 2023.

En la Campaña de la Renta tiene que pagar 911,61 euros extra. Es el ejemplo de mayor coste entre los calculados y lo es para un contribuyente en el que en principio no impactaba la rebaja de rendimientos del trabajo del IRPF, que afectó a quienes ingresan entre 15.000 y 21.000 euros.

Un contribuyente con la misma situación familiar pero que tenga una renta bruta del trabajo de 24.000 euros tiene que pagar ahora 722,93 euros extra.

En el caso de que este contribuyente ingrese 26.000 euros, el impacto es de 424,83 euros. Para este ejemplo de circunstancias familiares que ha elaborado el REAF, si se tienen rentas brutas de 30.000 euros no hay diferencia entre las retenciones de 2022 y 2023 y no habrá pago extra en la próxima Campaña de la Renta.

Sobre el número de perjudicados, la Estadística de declarantes del IRPF de la Agencia Tributaria de 2021 (última publicada) muestra que hay 3,7 millones de contribuyentes con rentas de entre 21.000 y 30.000 euros y 4,4 millones entre 30.000 y 60.000 euros. El impacto depende de las circunstancias de cada contribuyente.

Tributación como Amancio Ortega

En 2023 se redujo el IRPF actuando en la reducción de rendimientos del trabajo y se elevó el umbral mínimo de tributación a 15.000 euros (antes 14.000, que Cristóbal Montoro elevó desde 12.000), para que los beneficiados por la subida del SMI no tuvieran que tributar, junto con una rebaja del impuesto que operaba hasta 22.000 euros, el umbral por debajo del cual no hay que presentar declaración.

Sin embargo, esta rebaja fue un nuevo parche que no resolvió un importante error de salto que arrastra el impuesto, que hace que las rentas entre 12.000 y 21.000 euros tributen a un marginal muy elevado que sólo experimentan contribuyentes con rentas desde 300.000 euros, a niveles como los del Amancio Ortega, con marginales efectivos de entre un 43% y un 50% -y casos de hasta un 92%-, lo que significa que de cada euro que se les suba el salario, Hacienda se quedará con el 43% y 50% -y 92%-.

Montero amplió en 2023 la rebaja que lanzó Montoro en 2018 para rentas de entre 14.000 y 18.000 euros a rentas de entre 15.000 y 21.000 euros. A los que ya estaban afectados por la reducción de Montoro les mantuvo el problema e incluyó a rentas de entre 18.000 y 21.000 euros, con marginales efectivos de cerca del 50%, de una media entre comunidades autónomas del 51%, según cálculos del catedrático de Economía Aplicada de la Universidad Complutense de Madrid José Félix Sanz.

Del 43% si se sigue el Reglamento de retenciones como el trabajo de EsadeEcPol Los efectos de la inflación en el IRPF de las rentas medias-bajas y cómo amortiguarlos mejor, cuyos autores, Francisco de la Torre, inspector de Hacienda y director del Foro de fiscalidad de EsadeEcPol, y Carlos Victoria, de la Universidad Complutense de Madrid, colaboraron en la rebaja de Montoro de 2018 desde Ciudadanos.

Aunque el tipo medio efectivo de estos contribuyentes es bajo por todas las reducciones de las que disfrutan, su marginal se dispara.

El error de salto sólo afecta a las rentas brutas de hasta 22.000 pero al tratar de evitarlo, las horquillas de ingresos por encima, que estarían pagando en retenciones en 2023 lo mismo que en 2022, se quedarían en desventaja respecto a la rebaja que se hace para los de 22.000, con lo que a los que tienen ingresos superiores también se les redujeron las retenciones.

El año pasado el Ministerio atribuía que la rebaja de retenciones fuera más allá de los 22.000 euros de renta hasta los 35.200 euros a "una cuestión de técnica tributaria para evitar errores de salto que se produce en determinadas situaciones, es decir, impedir que una subida de la renta implique un incremento muy superior del tipo de retención".

Impacto en febrero

Sobre la rebaja de retenciones de 2024 aprobada este martes, Hacienda ha explicado que, "al igual que ocurrió con la realizada el año pasado, beneficia a diversos colectivos de trabajadores que van más allá de quienes cobran el SMI".

Se prevé que impacte en febrero para que quienes cobren entre los 15.000 euros que marcaba hasta ahora el umbral debajo del cual no se retiene y lo que supone el nuevo SMI de 1.134 euros en 14 pagas, es decir, desde 15.876 euros, no tengan que declarar, además de adaptarse la retención también de quienes ingresen hasta 22.000 euros.

Si la Agencia Tributaria (AEAT) tiene a tiempo la calculadora con las nuevas retenciones para las empresas, la rebaja de retenciones podrá aplicarse en la nómina de febrero. Al entrar en vigor las nuevas retenciones junto con la subida del SMI, no se ha pagado más retención a Hacienda en enero que ahora el Fisco deba devolver. La subida del SMI tiene efecto retroactivo a enero pero como no estaba en vigor el mes pasado, no hay problema en que las retenciones se rebajen a partir de febrero.

Más adelante, habrá que reformar el IRPF en una ley para incluir el incremento del umbral para retener a 15.876 euros, previsiblemente en los Presupuestos Generales del Estado de 2024, trasladan desde el Fisco, que no estarán en vigor en todo caso hasta junio. Si no se aprobaran habría que recurrir a un ahora temido Real Decreto-ley. 

El efecto injusto de tener dos pagadores

Por otra parte, se sigue manteniendo el límite a partir del cual hay obligación de presentar declaración en 22.000 euros si no hay un segundo pagador de rendimientos del trabajo que pague más de 1.500 euros.

De la Torre y Victoria concluyen que la reformas de Montoro y las de Montero han consolidado dos tarifas diferentes para declarantes y no declarantes: varios millones de contribuyentes soportan unas retenciones inferiores a la tarifa del IRPF y no tienen obligación de declarar. Esto, pese a ser en general una ventaja para estos contribuyentes, genera distorsiones, asimetrías y situaciones injustas en el IRPF, además de impedir la universalización de la declaración.

Si había varios millones de españoles que obtenían rentas en el IRPF y que no presentaban declaración, ahora habrá más porque, previsiblemente, habrá más contribuyentes que, si presentasen la declaración, no teniendo obligación de hacerla, tendrían que pagar varios cientos de euros, augura el informe de EsadeEcPol, que avisa de que esto agrava los problemas de equidad horizontal del impuesto.

El sistema penaliza efectivamente a personas con más de un pagador, ignorando las circunstancias que provocan esta situación. Cuando en la mayoría de los supuestos, tener dos o más pagadores no determina una cuota diferente a pagar.

Sin embargo, a igualdad de rentas, si tener más pagadores determina la obligación de declarar, y además se han aplicado los límites de los artículos 81 y 85 del Reglamento, hay diferencia real de tributación entre dos situaciones objetivamente iguales: obtener la misma renta con un pagador o con varios.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP