El Juzgado de Primera Instancia número 48 de Madrid ha condenado al exconsejero delegado de DIA, Ricardo Currás, a devolver a la cadena de alimentación los más de dos millones de euros que recibió como indemnización tras su salida de la compañía, en 2018.
El grupo español controlado en la actualidad por el magnate Mikhail Friedman, ha tratado de paralizar las indemnizaciones acordadas con Currás después de que se descubrieran irregularidades contables millonarias, desveladas a principios de 2019.
El pasado mes de mayo el juez Alejandro Abascal, del Juzgado Central de Instrucción número seis de Madrid, de la Audiencia Nacional, acordó la apertura de juicio oral, por presunto delito de continuado de falsedad de las cuentas anuales del grupo DIA y, subsidiariamente, de un delito continuado de estafa, contra Ricardo Currás, entre otros antiguos directivos de la compañía.
DIA decidió paralizar los pagos acordados a Currás por su cese tres meses después, al conocerse presuntas irregularidades
La Comisión de Nombramientos y Retribución de DIA decidió el 24 de agosto de 2018 recomendar el cese de Currás, por razones estratégicas de negocio, y no por las irregularidades contables que se desvelaron poco después.
En el acuerdo de extinción se reconocieron a Currás un pago de 1,64 millones de euros y otros 303.300 euros por falta de preaviso. En el cese se acordó también una contraprestación económica por la obligación de no competencia (0,6 millones); y la liquidación correspondiente a las remuneraciones percibidas durante 2018 (61.726 euros).
El grupo DIA decidió paralizar las indemnizaciones acordadas con Currás poco después de su cese, tras descubrir las presuntas irregularidades contables. Y, a través de un burofax enviado el 30 de noviembre de 2018, informó al exconsejero delegado que le reclamaría judicialmente el reembolso de los pagos recibidos por su salida.
Currás presentó demanda contra DIA en abril de 2019 y la compañía formuló demanda reconvencional
Currás presentó demanda contra DIA en el Juzgado de Primera Instancia número 48 de Madrid en abril de 2019, tras conocer las intenciones de su antigua compañía de reclamarle las indemnizaciones entregadas.
DIA formuló ante el mismo Juzgado demanda reconvencional contra Ricardo Currás, en mayo de 2019. En ella, el grupo de alimentación reclamaba a su exconsejero delegado la devolución de los 0,83 millones percibidos en su momento como bonus en los años 2016 y 2017. Y también los 1,95 millones que percibió en agosto de 2018 en concepto de indemnización.
El Juzgado de Primera Instancia número 48 de Madrid, en sentencia del pasado mes de mayo, desestima la demanda de Ricardo Currás.
El Juzgado considera que concurren los supuestos previstos en el contrato de consejero de DIA, contemplados en la cláusula Clawback, por lo que se obliga a Currás a abonar a la compañía: 1,95 millones de euros recibidos como indemnización y los intereses legales devengados por la anterior cantidad; y 275.232 euros percibidos como retribución variable anual en los ejercicios 2016 y 2017 y los intereses legales devengados. El Juzgado decidió la no imposición de costas por la demanda reconvencional.
DIA y Currás recurren
El pasado día 9 de junio, DIA interpuso recurso de apelación contra la sentencia.
La compañía, en su recurso al Juzgado, indica que está de acuerdo, en esencia, con el contenido de la sentencia. Pero reclama que Currás devuelva todas las cantidades percibidas como retribución variable en los años 2016 y 2017, en total 834.120 euros, y no solo los 275.232 euros estimados por la sentencia de mayo del Juzgado.
Currás reclama en su recurso de apelación que se condene a DIA a pagarle medio millón de euros por no competencia
Currás interpuso también recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 48 unos días después, el 21 de junio.
En ella, la defensa del exejecutivo de DIA sostiene que el Juzgado no tiene competencia para enjuiciar el ejercicio de una acción de nulidad fundamentada en la supuesta violación de la Ley de Sociedades de Capital, y que tendría que ser competencia de los Juzgados Mercantiles.
Los abogados de Currás, con los que este diario ha tratado de contactar para ampliar esta información, sin éxito, reclaman que se condene a DIA a pagar a este 505.500 euros en concepto de compensación por pacto de no competencia; y 61.726 euros de retribución como consejero correspondiente al año 2018.
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