La Seguridad Social incorporó a principios de 2024 una novedad para que las personas que estuvieran realizando prácticas en España tuvieran la posibilidad de estar incorporados en su sistema. "Se trata de una extensión de derechos que beneficia a los más jóvenes que, de este modo, podrán comenzar una carrera de cotización que les permitirá generar derechos a futuro, puesto que supondrá el reconocimiento de este tiempo como cotizado a efectos de la futura pensión, al tiempo que estarán más protegidos durante el desarrollo de sus prácticas", explica la entidad en su página web.
Y es que España atraviesa una situación económica donde la inestabilidad a la hora de llegar a fin de mes está azotando a los españoles. La constante subida del IPC que ha lastrado la salud financiera de los españoles, el precio de los alquileres y de la vivienda que es inasumible para las nuevas generaciones y los sueldos que siguen congelados sin su respectiva subida por la inflación, son algunos de los factores que han provocado la caída al vacío de la economía española.
Una realidad que los propios datos avalan. Además de la cantidad de personas que se encuentran en la cola del paro, España tiene un alto porcentaje de jóvenes que se encuentran en prácticas, es decir, que son becarios. Debido a esta cuestión que se vive en el mercado laboral nacional, la Seguridad Social ha querido dar cabida a este gremio para que los becarios comiencen una carrera de cotización y que estén cubiertos por la acción protectora de la Seguridad Social mientras realizan las prácticas.
Una situación que involucra a 1,2 millones de estudiantes en España; sin embargo, al ser una norma con pocos meses de existencia las dudas que giran en torno a esta nueva legislación ha provocado que la Seguridad Social haya creado un apartado dentro de su página web para que las personas que son becarios puedan consultar cuáles son sus derechos y dar respuesta a sus dudas. A continuación, os contamos qué es lo que pasa exactamente con las prácticas no remuneradas.
La Seguridad Social cuenta los días de prácticas no remuneradas como si fueran 1,61 días cotizados
"A efectos de prestaciones, cada día de prácticas formativas no remuneradas se considerará como 1,61 días cotizados, con el límite del número de días naturales de cada mes". La Seguridad Social aclara que este tipo de prácticas, al no tener una remuneración económica, si que se compensará con un total de 1,61 días por días trabajado.
Aun así, la Seguridad Social indica que el periodo de prácticas no remuneradas se incluirá dentro del informe laboral, aunque tiene alguna peculiaridad que se debe tener en cuenta: "En caso de las prácticas no remuneradas, los períodos de alta se incluirán en los informes de vida laboral desde el momento en que se comuniquen las correspondientes altas. No obstante, el número de días de alta solo se incluirán, respecto de cada trimestre, a partir de que se comunique el número de días de prácticas efectivamente realizadas o, en su caso, el número de días previstos de prácticas durante las situaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o percibo del resto de prestaciones".
Para terminar, "en los informes de bases de cotización se incluirán las bases de cotización que correspondan conforme al número de días de prácticas efectivamente realizadas y comunicadas o, en su caso, del número de días previstos de prácticas durante las situaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o percibo del resto de prestaciones". Así que si te encuentras en periodo de prácticas y tienes alguna duda sobre la cotización en la Seguridad Social, ya sabes todos los entresijos sobre esta nueva medida.
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