Economía

La Seguridad Social ignora a la Justicia europea y sigue discriminando a los hombres

No ha adaptado la normativa y está denegando las solicitudes de los pensionistas varones que piden que se les abone el complemento de la pensión por tener hijos

La Seguridad Social ha ignorado por el momento la recomendación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y está denegando a los pensionistas varones los complementos de pensión por número de hijos que este tribunal consideró que debían cobrar también para subsanar la discriminación vigente en favor de las mujeres.

La Justicia Europea pidió a la española que se adaptara a su sentencia y modificara su norma para no incurrir en esa discriminación, pero el Gobierno español todavía no ha dado pasos en este sentido y los pensionistas varones que están pidiendo los complementos por hijos que les corresponden están recibiendo respuestas negativas.

"De momento se está aplicando la legislación vigente y se está estudiando cómo aplicar la sentencia del TJUE", señalan a Vozpópuli fuentes del Ministerio de Seguridad Social, que no pueden dar un plazo aproximado de cuándo pretenden tener adaptada la normativa. "Lógicamente será en cuanto podamos, pero aún no podemos dar un plazo exacto".

Mientras preparan su adaptación, los Institutos Nacionales de la Seguridad Social (INSS) están denegando ya solicitudes.

"Revisado su expediente de pensión, en relación con las alegaciones efectuadas, le indicamos que tienen derecho, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, las mujeres que hayan tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, no existiendo, para su reconocimiento, ninguna modificación en la ley al respecto", alega en una resolución a la que ha tenido acceso este medio el INSS de A Coruña.

Trabas a la recepción de solicitudes

Los pensionistas varones empezaron a reclamar por este asunto a mediados de enero y, según pudo saber este medio, algunos de ellos se encontraron con trabas por parte de los funcionarios de la Seguridad Social que ni siquiera querían recoger sus solicitudes, pese a que están obligados a hacerlo.

El abogado Jagoba Luengas, especializado en derecho laboral de la Seguridad Social, y uno de los primeros en implicarse en el proceso al elaborar un modelo de solicitud para los pensionistas, anima a que cuantos más pensionistas presenten esta reclamación más presión se ejercerá para que el Gobierno adapte la norma.

En ese caso, los complementos de los pensionistas varones con hijos de los últimos cuatro años se podrían tener que abonar con efecto retroactivo -dado que ese es el periodo no prescrito-, al igual que ocurrió con el IRPF de las prestaciones por maternidad.

Del 5% al 15%

La polémica norma establece la concesión para las mujeres de un suplemento equivalente al 5% de la pensión por tener dos hijos, del 10% por tener tres y del 15% por tener cuatro o más, siempre que hubieran accedido a la pensión (de cualquier tipo: viudedad, jubilación, incapacidad...) después del 1 de enero de 2016.

El hecho de fijar esa fecha para diferenciar quiénes pueden beneficiarse del complemento y quienes no, constituye también un motivo de discriminación, según el experto, por lo que recomienda incluso que presenten la reclamación los que hayan accedido a la pensión antes de esa fecha.

Una vez denegada la solicitud por el INSS correspondiente, los afectados tienen otros 30 días para interponer una reclamación previa a la vía judicial en la misma Dirección Provincial.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP