Economía

El exministro Francisco Caamaño lleva a la Unión Europea el accidente de Spanair

El exministro de Justicia Francisco Caamaño y el exvicepresidente del Tribunal Supremo Ángel Juanes, se han sumado al equipo de defensa jurídica de la asociación de víctimas del vuelo JK-5022 de Spanair; en el accidente de 2008 fallecieron 154 personas y otras 18 resultaron heridas

Tras la quiebra de Spanair en 2012 y el cierre de la causa judicial penal hace más de ocho años, la Asociación de Víctimas del Vuelo JK-5022 continúa luchando en defensa de sus intereses.

El exministro de Justicia Francisco Caamaño llevará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea el caso del accidente del vuelo de Spanair, en el que fallecieron 154 personas y otras 18 resultaron heridas.

La Asociación de las víctimas de aquel vuelo ha sumado a su defensa jurídica tres profesionales del despacho CCS Abogados. Además de Caamaño, colaborarán en el asunto Ángel Juanes, ex vicepresidente del Tribunal Supremo, y Carlos Seoane, socio responsable del Departamento Penal del bufete liderado por el exministro de Justicia.

La asociación lamenta que en España se haya empleado un baremo de seguridad vial a la hora de determinar el daño sufrido 

El equipo jurídico de las víctimas del avión de Spanair acaba de solicitar a la Sala Primera del Tribunal Supremo que plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Sostiene que los órganos jurisdiccionales españoles han vulnerado el principio de primacía del derecho de la UE, al aplicar, para la determinación del daño sufrido, el conocido como ‘Baremo de tráfico’, previsto por el legislador español para la valoración de riesgos en el específico sector de la seguridad vial.

El exministro Francisco Caamaño, en una imagen de 2011.

Esta norma nacional, que limita el derecho a la reparación integral del daño causado, "ha sido trasladada por algunos jueces españoles al contexto de los accidentes aéreos, donde la realidad del riesgo y su aseguramiento es completamente distinta", afirma la asociación en un comunicado.

La constitucionalidad de esta norma "solo fue parcialmente aceptada por el Tribunal Constitucional (STC 181/2000) en la medida en que en el sector del automóvil concurrían ciertos elementos objetivos que justificaban su tratamiento legal diferenciado", explica.

"Las circunstancias de un accidente en el ámbito de la circulación vial nada tienen que ver con las de un accidente aéreo”, dice Caamaño

"Una aeronave asegurada en 1.500 millones de dólares, el impacto psicológico y emocional vinculado al tipo de accidente y el hecho de que este se hubiese producido en un sector de muy baja siniestralidad, son factores suficientes para comprender que las circunstancias de un accidente en el ámbito de la circulación vial nada tienen que ver con las que concurren en un accidente aéreo”, defiende Francisco Caamaño. 

El accidente de Spanair sucedió el 20 de agosto de 2008, cuando el vuelo JK-5022, que cubría la ruta Madrid-Gran Canaria, se estrelló nada más despegar del aeropuerto de Barajas. "A los cinco segundos, cuando se había elevado tan solo unos 12 metros, el aparato activó el sistema de aviso de entrada en pérdida, viró bruscamente, perdió altitud y se estrelló en las inmediaciones de la pista", recuerda la asociación.

Se trata del segundo accidente aéreo más grave de la historia de España, tras la tragedia acaecida en el aeropuerto tinerfeño de Los Rodeos (hoy Tenerife Norte), en 1977, al chocar en pista dos aviones comerciales. La colisión provocó la muerte de 583 personas.

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