Economía

Mi sueldo no ha variado pero en 2024 estoy cobrando menos: ¿por qué?

En 2024 se ha duplicado la subida de cotizaciones sociales que entró en vigor en 2023 para intentar sostener el gasto de la reforma de las pensiones

La subida de cotizaciones sociales para intentar sufragar la vinculación de las pensiones con el IPC en la reforma de las pensiones, el llamado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), se ha duplicado desde enero y ya se está percibiendo en las nóminas. Este golpe a empresas y trabajadores empezó en 2023, para ir creciendo cada año. Pues bien, el cuestionamiento de la Comisión Europea sobre la sostenibilidad de la reforma llevó al Gobierno a doblar la subida prevista. En 2024 supone un gasto extra en Seguridad Social para el trabajador de entre 27,60 euros y 510,77 euros, según los ejemplos que ha calculado el Registro de Economistas Asesores Fiscales REAF para Vozpópuli.

La reforma endurece el llamado MEI que exige Bruselas para garantizar la sostenibilidad del sistema cuando se liga el alza de las pensiones al IPC. Estaba en vigor desde enero de 2023 una subida de 0,6 puntos -que recaen 0,5 sobre la empresa y 0,1 sobre el trabajador- que iba a estar vigente hasta 2032. El incremento será ahora de 1,2 puntos -1 punto sobre la empresa y 0,2 sobre el trabajador-, que se irán incorporando en forma de una décima desde 2024 hasta 2029 y que estará en vigor hasta 2050. Se prevé que recaude 130.000 millones en 2044, de los que el 20% lo soportan los trabajadores, lo que eleva la imposición total al trabajo, el tipo de IRPF más cotizaciones.

Un trabajador con un salario bruto de 23.000 euros tendrá un gasto mayor en Seguridad Social de 27,60 euros en 2024 que en 2022, según los cálculos del REAF. Este incremento será de 28,80 euros si cobra 24.000 euros; de 36 euros si ingresa un sueldo de 30.000 euros; de 48 euros, para una retribución de 40.000 euros, de 80,78 euros para 50.000 euros, y de 510,77 en el caso de que se trate de 60.000 euros.

Si nos fijamos en el salario que se cobra, el líquido, la subida de cotizaciones lo rebaja en 20,70 euros para el caso de un salario bruto de 23.000; en 21,60 euros para 24.000 euros; 24 euros para 30.000 euros; 32 euros si el sueldo es de 40.000 euros; 55,78 para 50.000 euros, y 324,77 para 60.000 euros.

Con todo, la reforma de las pensiones ha introducido una cláusula de salvaguarda obligada por Bruselas por la que si en 2025 la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) detecta que el gasto medio previsto en pensiones públicas supera la suma del 15% del PIB y el exceso de ingresos extra por encima del 1,7% del PIB, el Gobierno negociará con los agentes sociales el envío de una propuesta al Pacto de Toledo para corregirlo en forma de proyecto de ley.

Si éste no entra en vigor el 1 de enero del año siguiente, la cotización del MEI aumentará para compensar dos décimas partes del exceso estimado por la AIReF y otras dos décimas partes en cada uno de los años siguientes hasta que se adopten nuevas medidas.

Este efecto de la subida de cotizaciones sociales se produce en paralelo al del impacto de la inflación en el IRPF por negarse el Gobierno a deflactar la tarifa, la llamada progresividad en frío, que supone subidas fiscales en el caso de que haya incrementos de salario, pero que expertos como José Félix Sanz, catedrático de Economía Aplicada en la UCM, sostienen que también opera si el salario se mantiene e, incluso, aunque se reduzca.

Impacto recaudatorio

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha avanzado el pasado lunes que el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, conocido como hucha de las pensiones, ya acumula más de 6.000 millones de euros gracias a las aportaciones procedentes del MEI.

La cifra supone un aumento de cerca de 4.000 millones respecto a diciembre de 2022 y de, al menos, 700 millones con respecto a los datos de cierre de 2023.

Es uno de los principales datos que Saiz ha dejado durante su comparecencia en la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo del Congreso, donde ha augurado que este año el Fondo finalizará con una cuantía aproximada de 9.100 millones y a final de legislatura, en 2027, con más de 25.000 millones de euros.

La ministra ha subrayado que el MEI ha permitido dotar de recursos al Fondo de Reserva para hacer frente a lo que ha denominado "desequilibrio coyuntural" que va a suponer la jubilación de los baby boomers, "sin representar un cambio estructural" en el sistema.

Cuota de solidaridad

El BOE del pasado miércoles 27 de marzo publicó el Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo, por el que se modifican dos reglamentos en materia de Seguridad Social e introducir una nueva medida que intenta sustentar el gasto en pensiones.

En la actualidad, toda aquella parte del salario que exceda de la base máxima de cotización (4.495,50 euros mensuales en 2023, 53.946 euros anuales) está exenta de cotizar a la Seguridad Social. Con esta nueva cuota de solidaridad, a partir de 2025, se cotizaría también por la parte de salario que este por encima de la base máxima, sin generar por parte de trabajador ningún derecho de pensión adicional.

El Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, incorpora en el artículo 72 bis la denominada "cotización adicional de solidaridad" a la que se refiere el artículo 19 bis de la Ley General de la Seguridad Social y que se introdujo en el Real Decreto-ley 2/2023 de 16 marzo. Resultará de aplicación el 1 de enero de 2025 para salarios que excedan las bases máximas de cotización y se irá desplegando gradualmente.

En 2045, supondrá el pago de cotizaciones sociales en la cuantía que resulte de aplicar los siguientes tipos sobre la parte de retribución del empleado que exceda la base máxima de cotización en los siguientes tres tramos: un tipo del 5,5% a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10%; un tipo del 6% a la parte de retribución comprendida entre el 10% superior a la base máxima de cotización y el 50%, y un tipo del 7% a la parte de retribución que supere el 50%.

La distribución del tipo de cotización por solidaridad entre empresa y trabajador se realizará en la misma proporción en la que se distribuye el tipo de cotización por contingencias comunes.

En el BOE del jueves 28 de marzo, se ha publicado la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo para actualizar el tope mínimo de la base de cotización a la Seguridad Social en cada uno de sus regímenes conforme al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024.

Se verán afectados por la actualización los preceptos que contengan importes vinculados directamente al SMI y los importes de la base mínima superiores.

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