El Tribunal Supremo ha ratificado las multas impuestas en 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a Renault España, Citroën España y Peugeot España que suman 48,6 millones de euros, por intercambiar información estratégica con otros fabricantes e importadoras de vehículos.
La sala de lo contencioso administrativo ha desestimado los recursos presentados contra las sentencias de la Audiencia Nacional, que confirmaron a su vez las sanciones impuestas el 23 de julio de 2015 a dichas empresas por la CNMC, por importe de 18,2 millones de euros a Renault, 14,7 millones a Citroën y 15,7 millones a Peugeot.
La CNMC impuso a las mencionadas sociedades -y a otras fabricantes de automóviles que tienen pendientes recursos ante la Sala- diversas multas por su participación en un cártel de intercambio de información confidencial, futura y estratégica en las áreas de gestión empresarial, postventa y marketing de automóviles desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.
El Supremo se remite a su propia jurisprudencia y la del Tribunal de Justicia de la UE, y entiende que "un intercambio de información entre empresas competidoras referente a precios y otros aspectos comerciales, que tiende directamente a hacer desaparecer la incertidumbre en el mercado y tiene aptitud para homogeneizar comportamientos comerciales", constituye delito.
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