El Ministerio de Hacienda ha insistido hoy en la necesidad que tienen los contribuyentes de liquidar los impuestos ante la administración competente y, al mismo tiempo, ha advertido de que hacerlo indebidamente ante la Agencia Tributaria Catalana puede implicar sanciones y ser constitutivo de un delito penal.
En este sentido, Hacienda ha comunicado públicamente esta advertencia después de que Carles Puigdemont haya asegurado que la Agencia Tributaria de Cataluña está "preparada" para aplicar el resultado del referéndum del 1-O, "sea cual sea la voluntad" de los catalanes.
Cristóbal Montoro, por su parte, ha recalcado que Cataluña -aunque puede gestionar sus propios tributos- no puede asumir los que no le corresponde gestionar. Por esta razón, las declaraciones de los contribuyentes que se presenten ante la administración indebida, se considerarán "no presentadas y las deudas por no pagadas".
Sobre esto, Hacienda indica que Cataluña tiene una administración tributaria propia competente para gestionar sus propios tributos y los estatales cuya recaudación se cede íntegramente a esas comunidades de régimen común. Cita en concreto el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los tributos sobre el juego y el impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
Delito contra la Hacienda pública
Lo demás tiene que pagarse ante la administración tributaria competente, y no hacerlo reitera Hacienda que implica que se den por no pagadas las deudas.
En el caso de los impuestos correspondientes al Estado, Hacienda indica que podría iniciar procedimientos de comprobación, liquidar la deuda tributaria e imponer sanciones, así como iniciar el procedimiento de apremio para hacer efectivo el importe de la deuda.
"En su caso, estas conductas podrían ser constitutivas de delito contra la Hacienda Pública", añade.
El Ministerio recuerda además que, al margen de la tributaria, las personas también tienen una responsabilidad penal.
Además, sus administradores pueden incurrir en responsabilidad tributaria, como responsables solidarios o subsidiarios del pago de la deuda tributaria defraudada en función de su grado de participación en la infracción tributaria.
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