Economía

El TUE evita a Montoro el pago de 3.000 millones a las empresas por intereses de demora

El tribunal europeo entiende que las empresas que se acogieron al plan de proveedores renunciaron libremente a reclamara estos pagos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dado una alegría al ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro. Las empresas que estos años se han acogido al Plan de Proveedores no podrán reclamar intereses de demora por el retraso en cobrar las facturas. Así lo ha dictado este jueves la justicia europea, en respuesta al recurso presentado por IOS Finance, una empresa que había asumido créditos pendientes de pago de algunos proveedores con el servicio de salud de Murcia.

Todo nace del plan de pago a proveedores que empezó a funcionar en 2012. Las dificultades financieras del momento llevaron a Montoro a diseñar un mecanismo extraordinario de liquidez con el objetivo de reducir las obligaciones de pago a proveedores que tenían pendientes las CC.AA. y entidades locales. Sumarse al plan era voluntario e implicaba cobrar el principal de la deuda de manera inmediata a cambio de renunciar al cobro de los intereses de demora originados durante el tiempo transcurrido entre el servicio o la entrega del producto y el cobro del mismo.

Sin embargo, algunas de las empresas que se acogieron al plan de pago a proveedores no estaban de acuerdo con esta condición de renuncia, como es el caso de IOS Finance. La empresa de factoring interpuso un recurso ante el juzgado murciano reclamando los intereses de demora y los costes de cobro al considerar que el mecanismo de financiación es contrario a la legislación europea. El Servicio Murciano de Salud sostiene que IOS Finance se adhirió al mismo de manera voluntaria, según informa Europa Press.

Ahora, la sentencia europea ha resuelto el conflicto al declarar que la normativa de la UE sobre morosidad en las relaciones comerciales no se opone a que un acreedor renuncie al derecho a exigir los intereses de demora y la compensación de los costes de cobro a cambio del pago inmediato del importe principal de la deuda, siempre y cuando dicha renuncia haya sido efectuada de manera libre. Es decir, voluntaria, tal y como establecía el plan de Montoro.

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, en contra de la decisión del tribunal europeo

Tras conocer el fallo, la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad,(PMcM) ha lamentado que el Tribunal Europeo genere confusión dejando en el limbo la solución a la devolución de los intereses de demora. Un caso que, además, deja a 230.000 proveedores sin los 3.000 millones a los que renunciaron para cobrar mediante los planes de pago.

“Teníamos la convicción de que la sentencia del TJUE supondría un punto de inflexión en la lucha contra la morosidad en España, pero su interpretación excepcional lo que genera es una posición de dominio de las AA.PP. en el pago a proveedores”, denuncia el presidente del organismo, Antoni Cañete

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