La ley de impulso a los planes de pensiones de empleo entrará en vigor mañana, 2 de julio, tras su publicación este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aunque, algunos aspectos de la misma, arrancarán su vigencia el 1 de enero de 2023, como los límites a las aportaciones empresariales anuales.
Esta norma, que se aprobó en el Senado el pasado 22 de junio sin modificaciones respecto a las introducidas previamente en el Congreso, tiene por objetivo facilitar el acceso a estos mecanismos de ahorro a los trabajadores de rentas medias y bajas, a los autónomos, a las pequeñas y medianas empresas (pymes) y a funcionarios de administraciones públicas pequeñas que no tenían posibilidad de acceder a planes colectivos de empleo.
En España el nivel de ahorro a través de los planes de pensiones de empleo no llega al 1% de la masa salarial de la población activa ocupada, alcanzando a poco más del 10% de los trabajadores, mientras que en Europa el nivel de empleados con complementos de pensión oscilan entre el 25% y el 90%, dependiendo de si sus planes proceden de la negociación colectiva voluntaria o de normativa obligatoria o cuasi-obligatoria.
Según alega el Gobierno, la reducida dimensión media de los patrimonios de los fondos de pensiones españoles es un elemento que afecta a su eficiencia en términos de costes de gestión y, en definitiva, a su rentabilidad. Por ello, uno de los objetivos de esta ley es favorecer la existencia de fondos de pensiones de empleo de promoción pública, que garanticen menores costes de gestión, permitan una distribución de inversiones diversificada y mejoren así los niveles de rentabilidad.
La norma, que incluye nuevos incentivos fiscales, contempla la creación de fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos y de planes simplificados, que se podrán adscribir a estos fondos y que cuentan con un sistema menos complejo de promoción que el vigente, orientado a facilitar la generalización de los mismos desde la negociación colectiva sectorial, el sector público y a través del desarrollo de planes específicos para trabajadores por cuenta propia.
Desde el Ministerio de José Luis Escrivá se ha asegurado que esta ley favorecerá la competencia, ya que gestoras privadas, mediante el procedimiento de concurso, gestionarán los fondos de promoción pública, con comisiones bajas. Este fondo de pensiones quiere aumentar la población cubierta por planes colectivos y ofrecer productos de ahorro de coste bajo para ciudadanos de rentas medias, que incluirán a autónomos, trabajadores de pequeñas y medianas empresas (pymes). Contará con comisiones de control propias y sus activos serán invertidos exclusivamente en interés de las personas partícipes y beneficiarias, teniendo en cuenta la rentabilidad, el riesgo y el impacto social de las inversiones.
Como entidad promotora pública de estos fondos actuará la Comisión Promotora y de Seguimiento, que estará formada por miembros de la Administración General del Estado y cuyas funciones pasan por establecer las directrices de la inversión común de los fondos de pensiones de promoción pública abiertos y realizar un seguimiento periódico sobre las actividades y devenir de los mismos. Podrán integrarse en estos fondos los planes de pensiones del sistema de empleo de aportación definida para la jubilación que así lo establezcan en sus especificaciones y los planes de pensiones de empleo simplificados.
Los fondos serán administrados por una entidad gestora con el concurso de una entidad depositaria y bajo la supervisión de una única Comisión de Control Especial para todos los fondos de pensiones de promoción pública abiertos. Esta Comisión estará formada por personas con reconocida experiencia, conocimiento, capacidad de supervisión y gestión y serán nombrados por la Comisión Promotora y de Seguimiento.
Esta ley salió del Congreso con una nueva desgravación en el Impuesto sobre Sociedades, para que las empresas puedan deducirse de su cuota íntegra hasta el 10% de las aportaciones que hagan a favor de sus trabajadores con retribuciones inferiores a 27.000 euros brutos. A partir de esa cifra, la deducción se calculará sobre la parte proporcional de las aportaciones que correspondan a una retribución bruta de ese límite. La norma eleva 4.250 euros las desgravaciones previstas para las aportaciones realizadas por los trabajadores autónomos en sus planes de pensiones desde los 1.500 euros previstos en la ley, y se facilita la integración en el sistema de las mutuas de previsión social.
La AIREF evaluará los incentivos a los planes en 3 años
La ley se acompaña de una modificación de la fiscalidad de estos productos, focalizando en los planes de empleo los beneficios fiscales, siguiendo las recomendaciones del Pacto de Toledo y de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). En los presupuestos de 2022 ya se focaliza en los planes de empleo la deducción en el IRPF al elevarse a 8.500 euros, mientras que en los planes individuales se sitúa en 1.500 euros, en total la suma de todas las aportaciones será de 10.000.
Asimismo, en el Congreso se modificó el esquema de exenciones inicial, de forma que las contribuciones empresariales al plan de pensiones no cotizarán a la Seguridad Social, con un límite de 115 euros al mes por trabajador. Al mismo tiempo, el trabajador podrá aportar, de forma voluntaria, cuotas superiores a las que efectúe su empresa, con una aportación máxima que irá en función de una serie de tramos. La ley recoge el control de todas las aportaciones a los planes de pensiones y se convierten estos descuentos en reducciones con el fin de que formen parte de la transferencia a la Seguridad Social en los Presupuestos Generales del Estado.
La nueva normativa amplía el alcance del veto a empresas condenadas por delitos medioambientales o laborales a la hora de realizar inversiones con los activos de los planes, al tiempo que exime del pago de la llamada 'Tasa Tobin' --el Impuesto sobre Transacciones Financieras-- las compras de acciones por parte de planes de pensiones de empleo y mutualidades de previsión social o entidades de previsión social voluntaria (EPSV) sin ánimo de lucro. La eficacia de los incentivos establecidos en esta ley para los trabajadores asalariados, los autónomos y las empresas será evaluada por la AIReF una vez transcurridos tres años de la entrada en vigor de dichos incentivos.