La Consejería de Exteriores de la Generalitat de Cataluña, dirigida por Alfred Bosch, ha mantenido a una de las funcionarias clave para la celebración del referéndum del 1-O en la reestructuración del Área de Procesos Electorales y Consultas Populares.
Este estaba en manos de Montserrat Vidal Roca y ahora se denominará Subdirección General de Procesos Electorales y Democracia Directa de la Secretaría de Transparencia y Gobierno Abierto. La funcionaria ha sido nombrada subdirectora de este organismo.
El anterior puesto de jefe de Área de Procesos Electorales fue suprimido el pasado 25 de febrero tras una evaluación de la Comisión Técnica de la Función Pública. En su lugar se ha dado de alta la Subdirección General de Procesos Electorales y Democracia Directa, que se ha puesto en funcionamiento el pasado 1 de marzo de 2020.
Vidal Roca ejercerá prácticamente las mismas funciones tras este cambio de nombre, y para acceder al cargo se necesitan superar los requisitos pedidos.
El TC y la multa coercitiva a la funcionaria
A finales de septiembre de 2017, apenas a una semana de celebrarse el referéndum ilegal del 1-O, el Tribunal Constitucional multó a Josep Maria Jové y Vidal Roca con 12.000 y 6.000 euros diarios, respectivamente, junto a altos cargos de la Generalitat y a los quince síndicos territoriales encargados del seguimiento del 1-O. Era la primera vez que se permitía sancionar a altos cargos independentistas.
Las multas se impusieron por desobediencia y comenzarían a cobrarse en caso de un incumplimiento de las órdenes. En este sentido, instaba a revocar todas las resoluciones y acuerdos que hayan adoptado, la comunicación de tal revocación a sus destinatarios y la renuncia de los síndicos a sus cargos, y la eliminación de la web ref1oct.eu como cualquier otra destinada a ese fin, incluso en redes sociales. Al mismo tiempo, instaba a suspender la campaña institucional del referéndum y el proceso de colaboradores al proceso electoral.
Para el Constitucional, el procesado Jové y Vidal Roca no podrían alegar "desconocimiento de las providencias dado que, por su especial cualificación profesional, deben conocerlas y han sido objeto de publicación oficial".
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