Inma Alcolea es una de las agentes de los Mossos d'Esquadra sin pelos en la lengua y ha ganado su pulso judicial contra la Generalitat, con un auto que previsiblemente recurrirá al no recibir ningún tipo de indemnización. La mando de los Mossos estudia ahora recurrir la medida, al no recibir ningún tipo de compensación económica y no descarta abrir la vía penal por diversos delitos, como el de acoso.
"Han ido a por mí y por mi familia", ha asegurado en declaraciones a ElLiberal.cat. "He vivido una persecución y acoso, y también mi pareja", ha denunciado. Ahora tienen un "enemigo delante y no me van a callar", ha dicho.
El calvario de esta agente del Cuerpo autonómico se inició con un insulto contra Carles Puigdemont, un escrito que ella no realizó, sino su madre, pero sirvió de excusa a la Generalitat para suspenderla del servicio durante dos meses como medida cautelar. En este sentido, ha sido crucial el tipo de letra utilizado en el insulto, escrito en mayúsculas, como casi todas las publicaciones antisecesionistas de la madre de esta mando del cuerpo policial.
Así lo señala también el Juzgado, dando por buena la versión de esta 'caporal'. Pese al insulto, el Juzgado no observa "intencionalidad" de desprestigiar el cuerpo de los Mossos d'Esquadra, "máxime en el contexto en que se enmarca la conversación privada de referencia, siendo verosímil" el testimonio de la recurrente. Tampoco "es atribuible responsabilidad administrativa alguna a la recurrente por la falta disciplinaria que nos ocupa, a título de omisión, en el sentido de no modificar o borrar los comentarios inapropiados efectuados por su madre en modo público, ya que, aunque extraña, es compatible con el principio de presunción de inocencia", afirma el escrito del juez.
La decisión judicial llega 33 meses después de ser expedienta, un castigo por el que fue destinada a 140 km de su vivienda, según ha asegurado Alcolea, defendida por los despachos Javier Aranda (administrativo) y Albácar Clusa (contencioso), a ElLiberal.cat.
El 5 de septiembre de 2017, el actual procesado por rebelión y mando de los Mossos Pere Soler decidió caducar el expediente y reabrir otro para trasladarla a la prisión de Figueras por carecer de "neutralidad política".
"No existe suficiente prueba incriminatoria contra la agente en relación al ilícito o infracción administrativa que se le imputa", afirma el Jugado 15 de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, que entiende "que, habiendo actuado indebidamente la Administración demandada al sancionar a la aquí recurrente con insuficiente prueba de cargo, se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia y de responsabilidad".
El juez da por buena la declaración de la agente, que aseguró que el insulto lo escribió su madre a través de un link directo en el escritorio de su ordenador, donde se tenía acceso a la cuenta personal sin necesidad de introducir ni usuario ni contraseña.
Castigos anticipados de una futura sanción
La ley estipula un máximo de seis meses de medidas cautelares y debe justificarse la apertura de un nuevo expediente una vez caducado el anterior. "Se trata de castigos anticipados de una futura sanción", ha afirmado Inma Alcolea en declaraciones a ElLiberal.cat. "El 2 de mayo de 2018 puedo acudir a la vía judicial" por estas medidas cautelares, declaradas "ilegales" por el TSJC.
Ahora la justicia da un monumental revés a la Generalitat por vulnerar derechos fundamentales. Según el auto de admisión parcial de su recurso, al que ha tenido acceso ElLiberal.cat. El cuerpo de Mossos le había expedientado "como presunta autora responsable de una falta grave" por "actos y conductas" que atentaban "contra la dignidad de los funcionarios, contra la imagen del Cuerpo y contra el prestigio y la consideración debidos a la Generalitat". Por este motivo, Alcolea fue "sancionada con siete meses de suspensión de empleo y sueldo", con la pérdida de su puesto de trabajo en la Unidad regional de Policía Administrativa de Gerona.
Anteriormente, esta agente de los Mossos d'Esquadra "no había sido objeto de sanción disciplinaria alguna". Con la excusa de medidas cautelares, ha sido destinada a más de 100 km de su domicilio. Todas estas medidas cautelares fueron revocadas en sentencia firme. En el auto judicial, se especifica, además, que debe recuperar su anterior puesto de trabajo.
El juzgado no entra a valorar los posibles procedimientos penales posibles contra la Generalitat, como supuestos delitos de acoso, odio y discriminación. Tampoco consta que se haya ejecutado en la actualidad la sanción de siete meses de suspensión y sueldo adoptada por la demandada.
Alcolea pedía la improcedencia de la adopción de la sanción impuesta y alegaba desproporcionalidad de la medida sancionadora que en su caso sería constitutiva de falta leve disciplinaria y que por tanto habría prescrito. La Generalitat afirmaba que se ajustaba a derecho.
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