Con un manifiesto para censurar la reforma del Código Penal, 40 asociaciones civiles españolas se han unido para denunciar la reforma del delito de sedición que, afirman "busca beneficiar a unas personas concretas y se plantea por razones políticas coyunturales", sin, además, aunar un "amplio consenso político".
En el texto exigen que, de acometerse alguna reforma penal en España, se contemple la inclusión de un delito que castigue las conductas más graves de deslealtad constitucional. La modificación del delito de sedición "se ha presentado como una suerte de amnistía a quienes lideraron la insurgencia en Cataluña en otoño de 2017 bajo el mantra de buscar una pretendida 'desjudicialización' del conflicto político catalán", afirman en la carta.
Entre las asociaciones firmantes se encuentran Asociación por la Tolerancia, Círculo de Empresarios, Citizens pro Europe, Club Liberal Español, Fundación Hay Derecho, Historiadors de Catalunya, Regenerar España Ahora o S´ha Acabat! y múltiples sociedades civiles comunitarias.
Denuncian la tramitación "de urgencia" de la ley
La agrupación asevera que el ordenamiento penal debe regirse por un amplio consenso político forjado en la tramitación parlamentaria, lo que hace "inaceptable" que la reforma se haya planteado como proposición de ley. Hacen hincapié en la tramitación por vía de urgencia, la cual reduce los trámites del proceso y "reduce las posibilidades de debate".
Comparación con otras democracias europeas
Los firmantes han recurrido a las normativas en el entorno europeo para afirmar que en otros países disponen de tipos penales que tutelan su orden constitucional y la integridad del propio Estado. La reforma del delito de sedición, por tanto, atenta contra dicho orden así como contra la integridad de la nación. La reforma, dicen, supondrá la "desprotección" de la Constitución.
De hecho, afirman que los códigos penales -conocidos también como "Constitución en negativo"-, deben responder a las amenazas que conciernen en cada momento a los países. Por ello, de acometerse alguna reforma, el comunicado exige la inclusión de un delito que castigue las conductas más graves de deslealtad constitucional.
La reforma del delito de sedición
El delito de sedición está incluido entre los delitos contra el orden público, en el artículo 544 y siguientes del Código Penal. Castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen "pública y tumultuariamente" para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes. Está penada con entre cuatro y ocho años de prisión, que puede elevarse a una horquilla de entre ocho a diez años si se trata de los líderes de la sedición y de entre 10 y 15 años si quien se alza es una autoridad, que quedará también inhabilitada.
En enero de 2020 el Gobierno anunció que afrontaba con "amplitud de miras" la revisión del Código Penal para ajustarlo a la "realidad" y a la "actualidad" en delitos como el de sedición, una promesa que generó un aluvión de críticas desde la oposición, que pensó que esa promesa suponía un indulto encubierto. En las semanas y meses siguientes, el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se encargó de defender la reforma de un delito que, alegaba, había sido introducido en el Código Penal en el año 1822, que ya no respondía a la realidad vigente y que, además, estaba castigado con penas "inusitadamente altas", si se comparaba con legislaciones de países del entorno.
Por el momento, el Gobierno de coalición ya ha dado los pasos para modificar en el Congreso el Código Penal y rebajar las penas a las conductas que ahora se castigan como sedición, en una operación que quieren culminar antes de que acabe el año.
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