España

El juez desestima las medidas cautelares solicitadas por la SER para volver a narrar los partidos desde los estadios

El juzgado de primera instancia número 17 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares pedidas por la Cadena SER contra la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP), en las que solicitaba al juez que obligara a la LFP a permitir con carácter inmediato el acceso de los periodistas a los campos de fútbol para narrar los encuentros mientras el tribunal dicta sentencia sobre la demanda que interpuso la cadena contra la liga por impedir su derecho de informar.

El juzgado de primera instancia número 17 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares pedidas por la Cadena SER contra la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP), en las que solicitaba al juez que obligara a la LFP a permitir con carácter inmediato el acceso de los periodistas a los campos de fútbol para narrar los encuentros mientras el tribunal dicta sentencia sobre la demanda que interpuso la cadena contra la liga por impedir su derecho de informar. Por su parte, la SER ha subrayado que el dictamen "no pone en duda el fondo del asunto" y que la "demanda continúa".

El enfrentamiento entre la SER y la LFP se remonta a julio de 2011, cuando la patronal, alegando que la Ley de Comunicación Audiovisual lo permitía, introdujo un nuevo canon que las radios tenían que pagar si querían narrar los partidos en directo desde los estadios. Una medida a la que las radios se negaron y que ha propiciado, ante la falta de acuerdo entre las dos partes, que las emisoras recurran a los tribunales para solucionar el conflicto.

En su demanda, la SER incluía una medida cautelar en la que pedía al juzgado que ordenara a la LFP "que se abstenga de impedir, obstaculizar o negar" el acceso a los estadios de fútbol "donde se celebren encuentros de primera y segunda división de la Liga Nacional de Fútbol y de la Copa del Rey a los profesionales, técnicos, narradores y periodistas" de la emisora.

No obstante, en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez desestima estas medidas cautelares, como ya hizo a principios de enero otro juzgado con las medidas cautelares solicitadas por la Cadena COPE contra la liga de fútbol con el mismo objetivo.

El juez entiende que "no ha lugar a ordenar a la Liga Nacional de Fútbol Profesional que se abstenga de impedir, obstaculizar o negar el acceso a los estadios de fútbol donde se celebren encuentros de primera y segunda división de la Liga Nacional de Fútbol y de la Copa del Rey" a los periodistas y condena a la Cadena SER al abono de las costas del proceso.

En este sentido, el juez señala que el canon introducido por la LFP este año, dirigido a pagar los derechos de retransmisión radiofónica, "se basa en la modificación legislativa que en esta materia ha introducido" la Ley de General de Comunicación Audiovisual, --en referencia a que dicha ley no incluía como interés general las retransmisiones radiofónicas-- y, por tanto, no se trata, como alega la SER, "de un comportamiento unilateral" de la Liga, que, "sin justificación, ha modificado la situación preexistente".

Además, el juez entiende que "tampoco puede considerarse vulnerado" el derecho fundamental a la información, protegido por el artículo 20 de la Constitución, "puesto que la retransmisión de un partido, en directo o diferido, o el acceso a salas de prensa, zona mixta, etc., no se corresponde con el concepto de 'información o acceso a las fuentes' que como propio del derecho fundamental debe establecerse".

Así, el tribunal recuerda que la LFP "nunca ha negado el acceso a los estadios" para cubrir la información del partido, sino que lo que ha impedido es la "retransmisión de los partidos" y esto, según la Ley General de Comunicación Audiovisual, y a la jurisprudencia no está protegido por el artículo 20 de la Constitución, que sólo garantizaría "el derecho de los medios a obtener la información necesaria para poder conformar la noticia en su contenido mínimo razonable", de acuerdo a una sentencia del Tribunal Supremo citada en el dictamen.

Por todo ello, el juez considera que los derechos por la retransmisión de un partido de fútbol "pueden ser comercializados", tal y como pretende hacer desde esta temporada la LFP, y tal como ocurre en la liga alemana o italiana, partidos de la UEFA o del Mundial.

LA SER AVISA DE QUE LA DEMANDA CONTINÚA

En un comunicado, la LFP ha destacado que "en este primer paso" el tribunal "da la razón a la Liga condenando además a la SER a pagar las costas, al igual que ocurrió en su día con la cadena COPE".

Por su parte, el director de comunicación de Prisa Radio, José María Girona, ha recordado, en declaraciones a Europa Press, que "esto no pone en duda el fondo del asunto", que es la petición de que las radios puedan hacer libremente su trabajo en los campos de fútbol, y ha subrayado, que, aunque el juez haya desestimado las medidas cautelares, "la demanda continúa".

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció la semana pasada su disposición a tomar medidas legales para resolver el conflicto que enfrenta a las emisoras de radio con los clubes de fútbol por la retransmisión de los partidos y se ha ofrecido a mediar entre las partes.

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