La Abogacía del Estado solo podrá pedir la excarcelación del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras si promueve la nulidad de la sentencia del procés que condenó al líder de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) a 13 años de cárcel, explican a Vozpópuli fuentes jurídicas.
Este podría ser el motivo, advierten las citadas fuentes, por el que todavía ningún abogado del Estado ha firmado el escrito que deberá ser presentado antes del 2 de enero en el Tribunal Supremo.
El resto de las partes en la causa del próces ya han dado su opinión sobre los efectos que debería tener la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Como ejemplo, la Fiscalía advirtió al Supremo de que en su opinión la inmunidad parlamentaria de Junqueras no le blinda hasta el punto de tener que anular la sentencia por la que fue condenado por sedición y malversación.
Además, la decisión de la Abogacía del Estado, órgano dependiente del Ministerio de Justicia, -en este momento bajo el Gobierno en funciones de Pedro Sánchez-, cobra especial relevancia después de que el pasado sábado, durante su Congreso Nacional, ERC condicionara la reactivación de las conversaciones formales con los socialistas a que los servicios jurídicos de la Administración hicieran un gesto favorable hacia su líder Oriol Junqueras.
La anulación del juicio
Y esta tesitura política ha puesto a la Abogacía del Estado frente al precipicio de promover la única iniciativa jurídica que permitirá la excarcelación de Junqueras: la anulación del juicio del procés. Esta decisión, muy difícil para cualquier abogado del Estado, señalará de por vida a cualquier jurista que la adopte, explican a este diario fuentes jurídicas.
Otras fuentes del Tribunal Supremo confirman que la petición de la anulación del juicio sería la única alternativa al alcance de los abogados del Estado para cumplir los deseos de ERC, habida cuenta de que descartan que sea posible otorgar a Junqueras un permiso carcelario extraordinario para que recoja el acta de europarlamentario.
Esta opción es inviable por el evidente riesgo de fuga, a lo que habría que añadir la falta de colaboración con España de las autoridades de Bélgica, país en el que está una de las dos sedes del Parlamento Europeo.
Además, completan las fuentes jurídicas consultadas, la ley impide que Junqueras, que ya está condenado e inhabilitado por los delitos de sedición y malversación, pueda ser nombrado eurodiputado.
Prisión provisional
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reconoció la inmunidad como europarlamentario de Oriol Junqueras, se refería únicamente a la pregunta que le hizo el Tribunal Supremo sobre si había sido correcta su decisión de impedir la salida de la cárcel del exvicepresidente catalán, que entonces estaba en prisión provisional, para recoger el acta de europarlamentario.
Y esta cuestión, la de la libertad provisional, la dilucidó el tribunal de Luxemburgo en una pieza separada al margen de la causa principal, por la que ya ha sido condenado Junqueras. Este punto tiene una gran relevancia jurídica, apuntan fuentes del Supremo a Vozpópuli, porque la decisión del TJUE no afecta a la sentencia del procés, tal y como reclama la defensa de Oriol Junqueras.
En este sentido, el propio fallo del TJUE pone de manifiesto en su conclusión segunda y en los apartados 93 y 30 que la situación actual de Junqueras depende exclusivamente de la decisión del Tribunal Supremo español.
Relevo de Edmundo Bal
Por ello, la única posibilidad real de la Abogacía del Estado de lograr la salida de Junqueras sería promoviendo la nulidad del fallo del procés, una decisión que podría marcar al abogado que firme ese documento, que además será un acto con unas consecuencias meramente políticas, ya que tiene pocas posibilidades de prosperar en el Tribunal Supremo.
Precisamente en una coyuntura similar, de discusiones internas en los servicios jurídicos de la Administración, la abogada General del Estado, Consuelo Castro Rey, relevó al funcionario que había participado en la instrucción del procés, Edmundo Bal, que se negó a minimizar en su escrito de acusación los efectos de la violencia en el 1-O.
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