España

La Abogacía sale al rescate de Carmen Calvo para que el TS no anule su nombramiento en el Consejo de Estado

Pide que se inadmita el recurso de Vox y éste reivindica su legitimación e insiste al Supremo que lo anule por no cumplir los requisitos que exige la ley

La consejera electiva y ex presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas Baamonde (i), la nueva presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo (2i), y el consejero permanente y presidente de la Sección Primera, Miguel Herrero y Rodríguez de M.
La consejera electiva y ex presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas Baamonde (i), la nueva presidenta del Consejo de Estado, Carmen Calvo (2i), y el consejero permanente y presidente de la Sección Primera, Miguel Herrero y Rodríguez de M. EP

La Abogacía General del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que desestime la demanda de Vox contra el nombramiento de Carmen Calvo como presidenta del Consejo de Estado. Los servicios jurídicos del Ejecutivo tratan de evitar que la Sala de lo Contencioso-Administrativo tumbe la designación de la que fuera vicepresidenta del Gobierno de Pedro Sánchez en el órgano. Vox, por su parte, defiende su legitimidad y pide que se admita la demanda.

Estos nuevos escritos remitidos al alto tribunal, y a los que ha tenido acceso Vozpópuli, se incorporan al procedimiento abierto en la Sala Tercera a tenor de una demanda interpuesta por la formación que lidera Santiago Abascal contra el nombramiento de Calvo el pasado mes de febrero. Se da la circunstancia de que la exministra socialista fue nombrada tras tumbar el Tribunal Supremo la designación de su antecesora, la también exmiembro del Gobierno de Sánchez, Magdalena Valerio.

Vox expuso que la designación de la actual presidenta del Consejo de Estado obedeció a motivos exclusivamente políticos y que la exvicepresidenta "no cumple los requisitos aplicables" para ejercer su cargo. En concreto apeló al artículo sexto de la Ley Orgánica 3/1980, del Consejo de Estado que regula la elección del presidente del órgano "entre juristas de reconocido prestigio y experiencia en asuntos de Estado".

Nombramiento de Carmen Calvo

Vox sostiene que la exministra no puede tener consideración de jurista de reconocido prestigio debido a que su tesis doctoral en la Universidad de Córdoba sobre 'El derecho de enmienda en la producción de la Ley' no obtuvo el Cum Laude y porque no fue objeto de publicación. "No está disponible en ninguna base de datos de uso científico. No está citada en trabajo científico alguno", reza la demanda.

Sobre las tesis doctorales dirigidas, Vox alegó que sólo acredita su intervención en una de la que fue codirectora junto con el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas relativa a 'Los derechos fundamentales en el proceso de integración. Del mismo modo, sostiene que fue profesora titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba, pero que no ostenta la condición de Catedrática.

La demanda de Vox destaca que era "muy relevante" la inexistencia de datos en el currículum presentado sobre la obtención de la plaza de profesora titular. Al hilo expone que de la treintena de artículos presentados se extrae que solo tres obras son de contenido jurídico.

Al respecto, compara el nombramiento de Carmen Calvo con el del constitucionalista Francisco Rubio Llorente; el que fuera presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ Antonio Hernández-Gil o la también exvicepresidenta del Gobierno y compañera de filas, María Teresa Fernández de la Vega, de los que resalta sus currículums. De la Vega fue presidenta del Consejo de Estado hasta 2022, aunque a día de hoy permanece como consejera permanente del órgano.

La Abogacía entra en la causa

"En el presente supuesto ni existe un reconocimiento por parte de la comunidad jurídica ni tampoco un ejercicio continuado de la profesión de jurista. Hemos podido justificar con la presente demanda que la trayectoria jurídica de la Sra. Calvo, a pesar de su amplia trayectoria política, no corresponde a la calificación de jurista de reconocido prestigio necesaria para su nombramiento, siendo esta una circunstancia exigida por el precepto invocado para el nombramiento del cargo", expuso Vox.

La presidenta del Consejo de Estado y exvicepresidenta del Gobierno, Carmen CalvoEuropa Press

Tras la formalización de la demanda, la Abogacía General del Estado ha remitido un escrito a la Sala Tercera del alto tribunal en el que sostiene que Vox carece de legitimación activa para impugnar el Real Decreto de nombramiento de Carmen Calvo y que la demanda debe de desestimarse. Los servicios jurídicos del Estado defienden que Vox carece de interés legítimo y que existe doctrina "muy numerosa" del alto tribunal que niega la legitimación activa de los partidos en procesos contenciosos como este.

Los servicios jurídicos añaden que Vox no determina en su demanda "qué derecho fundamental o qué libertades" se han visto afectadas por el nombramiento de la exvicepresidenta de Pedro Sánchez y añade que la Fundación Denaes (Fundación para la Defensa de la Nación Española) que también impugna el nombramiento, tiene un vínculo directo claro con Vox.

Vox defiende su actuación

El partido respondido a la Abogacía que la fundación que también impugna el Real Decreto no está vinculada a Vox y que no se aporta prueba alguna que demuestre lo contrario. Del mismo modo defiende su legitimidad en cuanto a que el Consejo de Estado es "una de las principales instituciones de nuestro sistema constitucional".

"La adecuación de los nombramientos a la Presidencia de este y su ajuste a la legalidad vigente serán cuestiones trascendentales para reforzar este principio de confianza institucional. De ahí que a la puridad de los nombramientos y la vigilancia constante para evitar desviaciones de poder
nombramientos a la Presidencia de este y su ajuste a la legalidad vigente serán cuestiones trascendentales para reforzar este principio de confianza institucional".

Esta misma Sala del Supremo anuló el pasado mes de noviembre el nombramiento de la antecesora de Calvo, Magdalena Valerio, como presidenta del Consejo de Estado. El órgano estimó el recurso de la Fundación Hay Derecho al considerar que Valerio, aunque contaba con la experiencia requerida por la ley para ejercer el cargo, no cumplía el otro requisito solicitado relativo al de ser jurista de reconocido prestigio.

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Pablo Lucas, determinó que "la notoria y sobresaliente" trayectoria de Valerio acreditaba su profunda experiencia en asuntos de Estado, "pero no sirve para reconocerla como jurista de reconocido prestigio".

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