España

La Abogacía pide rebajar todas las inhabilitaciones de los condenados del procés

Los servicios jurídicos del Estado discrepan de la Fiscalía y solicitan que se baje la inhabilitación a todos. Para Junqueras pide dejarla en 7 años, lo que implicaría que puede retornar a política en 2025

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que rebaje las inhabilitaciones de todos los condenados por el procés. A diferencia de la Fiscalía -que pide mantener las penas para los que fueron condenados por malversación- la Abogacía no contempla distinción e interpreta que la reforma del Código Penal debe acarrear rebajas de la inhabilitación para todos. En el caso de Oriol Junqueras pide que se le quede un máximo de siete años frente a los 13 que le impuso el alto tribunal por el procés.

Así consta en una batería de escritos presentados ante el Tribunal Supremo y a los que ha tenido acceso Vozpópuli. En los mismos se pide que se reduzcan las inhabilitaciones al margen de si fueron condenados por la extinta sedición o por sedición en concurso medial con malversación. Así, piden para Raül Romeva, Jordi Turll y Dolors Bassa un máximo de 6 años y 9 meses de inhabilitación. Para Joaquim Forn y Carme Forcadell seis años y tres meses y para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart un total de cuatro años.

Los servicios jurídicos del Gobierno responden de esta forma a la solicitud del tribunal que juzgó el procés y que pidió a las partes alegaciones antes de estudiar los cambios a adoptar en la condena a tenor de la desaparición de la sedición y la rebaja de la malversación. Tanto Fiscalía como Abogacía confluyen en cuanto a que el delito que debe sustituir a la sedición es el de desórdenes públicos agravados, figura que se creó desde Moncloa en el marco del acuerdo alcanzado con ERC.

"No hubo apropiación"

Ahora bien, la Abogacía discrepa de la Fiscalía acerca de que debe mantenerse la malversación agravada. Sostiene al respecto que se debe aplicar al procés el contenido de la reforma penal que establece una diferenciación entre si hay o no ánimo de lucro en la malversación. Al respeto apunta que no se aprecia que los condenados se apropiaran del dinero desviado para celebrar el 1-O.

"Ni se practicó en el juicio prueba alguna al respecto, ni se declaró en la sentencia que los hechos cometidos por los acusados lo fueran con ánimo de lucro propio ni de terceros, ni con el ánimo de obtener los condenados por malversación un beneficio propio ni ajeno, con ocasión de aquellos, por lo que los hechos objeto de condena no
pueden ser subsumidos en la conducta de “apropiación con ánimo de lucro", explica en su escrito la Abogacía.

Del mismo modo respaldan la tesis del Ministerio Público de que los hechos probados del procés deben condenarse por desórdenes públicos agravados puesto que quedaría probado que el entonces gobierno de Carles Puigdemont y los conocidos como 'los Jordis' habrían instigado a los manifestantes a cometer actos violentos y a participar en un referéndum ilegal.

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