La Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía deberá abonar los honorarios de abogados y procuradores que han representado a los ex altos cargos de la Administración andaluza en los diferentes juicios de los ERE. Dicha Consejería ha reconocido este derecho al que fuera principal imputado en el caso de los ERE, el ex director de Trabajo Francisco Javier Guerrero -que falleció en octubre de 2020-, y de otros ex altos cargos como es el caso del también ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera.
La iniciativa de la Junta de Andalucía se ha producido a raíz de la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de no admitir un recurso de la Consejería de Empleo para no abonar el pago estimado por los honorarios de la defensa del ex director de Trabajo del ejecutivo andaluz, Daniel Alberto Rivera. Tras esta decisión, la Administración ha decidido retirar los otros recursos presentados por las mismas causas, entre ellos el que se refiere a Francisco Javier Guerrero.
Gaspar Zarrías demandó a la Junta por no pagarle la minuta de su defensa en los ERE
No es la primera vez que la Junta tiene que asumir el pago de los honorarios de los abogados de los ERE. Esto mismo ocurría hace unos años con el exconsejero de la Presidencia y exvicepresidente Gaspar Zarrías que demandó a la Junta de Andalucía por no reconocerle su derecho a que se le reintegre en su totalidad el importe de las minutas de honorarios profesionales de su defensa.
Con motivo de su imputación, Zarrías, solicitó a la Junta la representación y defensa por el Gabinete Jurídico, al estar la Junta personada como acusación, suponía una situación de incompatibilidad, por ello, el exconsejero de la Presidencia y exvicepresidente pidió que se le autorizara a contratar servicios profesionales, haciéndose cargo la Junta de los gastos devengados por estos servicios, gastos que pidió que fueran abonando a medida que se fueran devengando.
En su demanda, Zarrías invocaba el derecho reconocido a todos los empleados públicos en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, a la defensa jurídica en los procedimientos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos, precepto aplicable también a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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